Andina

Forman Grupo de Trabajo para impulsar desarrollo de pueblos indígenas de Datem del Marañón

Grupo de Trabajo Multisectorial buscará impulsar el desarrollo de los pueblos indígenas que viven en la provincia de Datem del Marañón, región Loreto.

Grupo de Trabajo Multisectorial buscará impulsar el desarrollo de los pueblos indígenas que viven en la provincia de Datem del Marañón, región Loreto.

07:59 | Lima, set. 24.

El Gobierno conformó el “Grupo de Trabajo Multisectorial para impulsar el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto”.

Así lo dispone la Resolución N° 007-2024-PCM/SGSD de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) publicada hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Este grupo de trabajo es de naturaleza temporal y depende de la PCM y tiene como objetivo proponer e implementar las medidas necesarias que atiendan la problemática y permitan el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto, así como formular un Plan con propuestas de solución.

En los considerandos de la resolución se precisa que con este grupo de trabajo se busca solucionar situaciones de conflictividad; una serie de situaciones complejas en la provincia de Datem del Marañón. "Estas situaciones reflejan la creciente tensión social y las demandas insatisfechas de las comunidades locales, lo que ha llevado a diversas formas de protesta y bloqueo de carreteras, afectando el funcionamiento de entidades públicas en la capital de la provincia de Datem del Marañón y en la Estación 5 del Oleoducto Norperuano", subraya.


Menciona, asimismo, que la Coordinadora Regional de los Pueblos Indígenas de San Lorenzo “CORPI SL” envió una carta donde expresa su preocupación y solicita atención a través de un espacio de diálogo, para dar solución a las demandas de los siete pueblos originarios (Achuar, Awajun, Shawi, Kandozi, Chapra, Kichwa y Wampis) mencionadas en su Plataforma de Demandas, en la provincia Datem del Marañón.

Refiere, además, que el 17 de septiembre de este año se firmó un acta donde se acuerda conformar un Grupo de Trabajo, ante la problemática de los pueblos indígenas u originarios de la provincia del Datem del Marañón, el mismo que tendrá una articulación y coordinación multisectorial.

¿Quiénes conforman el Grupo de Trabajo?


El Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado por: un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá; un representante del Ministerio de Energía y Minas; un representante del Ministerio de Educación; un representante del Ministerio de Salud; un representante del Ministerio del Ambiente; un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; un representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y un representante del Ministerio de Cultura.

También, un representante del Gobierno Regional de Loreto; un representante de la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón; un representante de la Coordinadora Regional de Pueblos Indígenas de San Lorenzo (CORPI SL); un representante de la Federación de Nacionalidades Achuar del Perú (FENAP); un representante de la Coordinadora Regional de Los Maestros Indígenas (CORMI); un representante del Sindicato Único de Trabajadores en Educación Intercultural Bilingüe del Perú (SUTEIBP); y un representante de la organización Nanki.

¿Cuáles son sus funciones?


El Grupo de Trabajo tiene como funciones: proponer e implementar acciones y/o alternativas de solución inmediatas y de corto plazo, formular un plan de intervención territorial para impulsar el desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios de la provincia del Datem del Marañón, región Loreto;  articular con las entidades públicas y privadas y/o con otros actores relacionados con el objeto del Grupo de Trabajo.

Subraya, asimismo, que las sesiones del Grupo de Trabajo pueden realizarse de manera presencial o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información.

Refiere, también que las entidades y los integrantes que componen el Grupo de Trabajo designan a su representante, titular y alterno, ambos con capacidad de decisión, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Con respecto a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, esta recae en la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el apoyo del Gobierno Regional de Loreto, quien debe convocar a las sesiones, así como informar y reportar periódicamente a la Presidencia del Grupo de Trabajo. Además, es responsable de llevar el registro y seguimiento de los acuerdos, custodiar las actas y toda la documentación que se genere.

La resolución refiere, además, que el Grupo de Trabajo puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico, así como participación de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional; así como del Gobierno Regional y Gobiernos Locales que se encuentren en el ámbito de intervención, para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de su objeto y funciones.

El Grupo de Trabajo, a través de la Secretaría Técnica, puede solicitar información a las entidades públicas pertinentes, para el cumplimiento de sus funciones.

Para el desarrollo de sus actividades, el Grupo de Trabajo en Pleno puede acordar la creación de subgrupos de trabajo, según las necesidades identificadas por el mismo.

Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los/las integrantes de dicho grupo son “ad honórem”, no irrogando gastos al Estado.

El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución.

El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.

Al término del plazo de vigencia, la Presidencia con el apoyo de la Secretaría Técnica dispone de treinta días calendario adicionales, para presentar un informe final ante la Presidencia del Consejo de Ministros.

La resolución lleva la firma del secretario de Gestión Social y Diálogo de la PCM, Jorge Luis Maguiña Villón.

Más en Andina:

(FIN) MAO

Publicado: 24/9/2024