La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) decidió prorrogar la suspensión del cómputo de plazos de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT).
Mediante Resolución de Superintendencia N° 119-2020-Sunafil, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el ente supervisor precisó que la prórroga comprende el periodo entre 1 y el 31 de agosto de este año.
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La suspensión se aplica al cómputo de plazos de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del SIT, que se encuentran a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la Sunafil y de las gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.
En esta ocasión, la medida comprende a los gobiernos regionales ubicados en Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, así como en la provincia de Tambopata (Madre de Dios), en las provincias del Santa, Casma y Huaraz (Ancash).
También se aplica a las provincias de Mariscal Nieto e Ilo (Moquegua), en la provincia de Tacna (Tacna), en las provincias de Cusco y La Convención (Cusco), en las provincias de San Román y Puno (Puno), en la provincia de Huancavelica (Huancavelica), en las provincias de Cajamarca, Jaén y San Ignacio (Cajamarca), en las provincias de Bagua, Condorcanqui y Utcubamba (Amazonas), y en las provincias de Abancay y Andahuaylas (Apurímac).
De acuerdo con la norma, resulta necesario garantizar la observancia del principio del debido procedimiento administrativo prescrito, el cual establece que los administrados gozan de los derechos y garantías implícitos al debido procedimiento administrativo.
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