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Reglamento facilitará integración de regiones en proyectos de ciencia y tecnología

Ley del Sinacti también establece sanciones para los investigadores y centros de investigación que cometan faltas.

El 12 de octubre, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) publicó el proyecto de reglamento de la Ley 31250.

07:00 | Lima, oct. 20

El reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti) ha esperado dos años para completarse y estar próximo a su aprobación. Su publicación permitirá fortalecer las acciones que ya se vienen avanzando para que las regiones puedan formar consorcios que faciliten su integración con otras regiones, las instituciones públicas, la academia, el sector privado e incluso las organizaciones internacionales en proyectos que fortalezcan el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Perú.

El 12 de octubre, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) publicó el proyecto de reglamento de la Ley 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti) para recibir -por 10 días calendario- comentarios por parte de la comunidad científica, y la ciudadanía en general. 

La ley del Sinacti, publicada en el 2021, norma la formación de consorcios regionales de ciencia, tecnología e innovación (CRCTI), los que permitieron el desarrollo en CTI de países como México, Brasil o Colombia.  Con esta ley, el sistema CTI dejó de ser un concepto para convertirse en una realidad.

Los consorcios regionales de ciencia, tecnología e innovación pueden trabajar proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, mejorar su equipamiento, así como crear e implementar parques científicos.

Además, pueden desarrollar servicios científicos y tecnológicos que le permitirán obtener ingresos para sumar otras actividades vinculadas a la creación y consolidación de capacidades para la generación de conocimiento científico y desarrollo de tecnologías.

Pero su reglamentación es necesaria para que se concrete la integración de esfuerzos y responsabilidades, así como para que las regiones tengan el respaldo necesario de trabajar -en conjunto- en proyectos de ciencia, tecnología e innovación.

El reglamento especifica cómo se forman los CRCTI que, para su formulación, deben tener productos y resultados esperados en beneficio  de las regiones involucradas. Además, debe contar con un equipo de gestión en el que se integre al Concytec para su evaluación sobre los avances de sus objetivos. 

"La ley del Sinacti es una ley para que coordinen todos los actores del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y se constituyan, por ejemplo, consorcios regionales, consorcios macro regionales, para que haya interacción entre empresas con gobiernos regionales, gobiernos central, universidades, centros de innovación y tecnológicos, institutos públicos de investigación y, en general, todos los actores que tienen que ver con el impulso a la ciencia y tecnología. Eso es lo que el reglamento trata de asegurar, que lo que está dicho en la ley se cumpla", explicó el doctor Benjamín Marticorena, presidente de Concytec.

El reglamento también detalla la estructura de los Programas Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación (PRONACTI), que pueden ser creados por los ministerios en su ámbito de competencia, así como otros instrumentos para articular esfuerzos en todo nivel. 

En entrevista con la agencia Andina, el doctor Marticorena estimó que, con la aprobación del reglamento podremos ver, en los próximos dos años, avances concretos en esta ruta descentralizada para el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Perú.

Luego de la recepción de comentarios, el reglamento pasará al Consejo de Viceministros de la PCM para su revisión, por lo que antes de cerrar el 2023 podríamos contar con su publicación.

Trabajo articulado en ciencia y tecnología desde regiones

A pesar de la larga espera, los primeros pasos ya están siendo visibles. El jefe del Concytec aseguró que hay regiones que han mostrado su disposición y apertura sobre iniciativas en ciencia, tecnología e innovación.

Un ejemplo a destacar es Arequipa, que busca contar con una Gerencia Regional de Ciencia Tecnología e Innovación, en el mismo nivel que el resto de gerencias, lo que destaca su compromiso. El reglamento permitirá que esta oficina especializada pueda trabajar en futuros consorcios que faciliten el desarrollo de proyectos en CTI.

"Esta gerencia será la contraparte del Concytec en Arequipa, y de todas las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación", dijo. 

Así como esta región en el sur del país, otras como La Libertad y Amazonas han mostrado interés durante las reuniones con el Concytec. El doctor Marticorena aseguró que se mantendrá el acercamiento con regiones.

"El Gobierno Regional de Amazonas tiene un excelente proyecto también y ya ha dispuesto la creación de una entidad que posiblemente no sea una gerencia, sino una oficina de CTI a la que espera dar todas las prerrogativas para que pueda cumplir esa misma función. En realidad, en cada región puede haber una forma distinta de oficina en el organigrama, pero lo que todas ellas deben tener es un reconocimiento tanto dentro de la estructura de los gobiernos regionales como en la sociedad", sostuvo. 

Sanciones a investigadores e instituciones CTI

Otro punto clave del reglamento de la ley del Sinacti es el establecimiento de sanciones sobre las faltas a las normas relacionadas a la ciencia, tecnología e innovación. 

La ley establecía criterios sobre las sanciones, pero el reglamento especifica qué faltas y su nivel de gravedad de acuerdo a las normativas vigentes.

En ese sentido, se establece como falta "leve" incluir como autores de una publicación a personas o instituciones que no han contribuido al desarrollo del proyecto y/o publicación científica; así como excluir a quienes sí han contribuido. La sanción implica la suspensión de pertenencia al Sinacti por un periodo de hasta dos años. 

Este punto específico ha generado críticas en la comunidad científica, que han sido compartidas en redes sociales, considerando que la calificación "leve" no es la correcta para esta falta. Al respecto, el doctor Marticorena coincide que no solo es una estafa para la comunidad científica, también para la sociedad. Sin embargo, luego de la revisión con el Ministerio de Justicia, este es el criterio que va alineado a las normativas vigentes. "Es una ley (de sanciones del Estado) que debe modificarse", opinó al respecto. 

Las propuestas a las modificaciones a esa normativa puede partir como iniciativa de cualquiera de los actores del Sinacti.

Por otro lado, también reiteró que son los centros de investigación, universidades e institutos tecnológicos públicos los que deben evitar y advertir, en primera instancia, de las faltas a las normas de CTI.  

A  este reto se suma los desafíos de nuevas tecnologías como la inteligencia artificial generativa, que ya ha generado debate en la comunidad científica sobre cómo se utiliza en el contexto de la investigación científica.

El plagio de documentos, la ausencia de declaración de conflictos de interés, los actos de discriminación o abuso de poder, así como otros incumplimientos forman parte de este reglamento que incluye faltas con el criterio de "leve" o "grave" únicamente. 

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(FIN) SPV
Publicado: 20/10/2023