Luego de iniciar un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) a la empresa Viettel Perú (Bitel) en el 2019, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) impuso una multa de 69.9 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 300,570 soles, por incumplir el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
La sanción, tipificada como grave, se aplicó en primera instancia administrativa por la gerencia general del regulador, por incumplir el valor objetivo del indicador de calidad Tasa de Intentos No Establecidos (TINE) en Loreto, incumplimiento registrado entre abril y junio del 2018.
Según Osiptel, se trata de una infracción que afecta directamente el derecho de los abonados a recibir un servicio con estándares mínimos de calidad que, en este caso, se refleja en la cantidad de intentos de llamadas que no pudieron establecerse en Loreto.
El regulador determinó que Bitel trasgredió lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo N° 6 del Reglamento de Calidad, al incumplir el valor objetivo TINE, que analiza las comunicaciones de voz que se originan en la red de la empresa operadora, así como los que ingresan a ésta a través de los puntos de interconexión.
Con este indicador, el Osiptel puede determinar el número de intentos de llamadas no establecidas por causas no atribuibles al usuario, y su cumplimiento busca establecer un nivel mínimo de calidad del servicio ofrecido que permita su accesibilidad.