El gobierno oficializó la Ley 32258, aprobada por el Congreso, que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para determinar la pena en casos de tentativa e incorporar delitos para la suspensión de la ejecución de la pena.
Así,
la ley, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial
El Peruano, modifica los artículos 16 y 57 —párrafo cuarto— del Código Penal, Decreto Legislativo 635.
Se considera tentativa cuando el agente comienza la ejecución de un delito, que decidió cometer, sin consumarlo.
Frente a ello, el juez reprimirá la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena, excepto en los casos de los delitos regulados en los artículos 108-B, 152, 189, 200, con excepción de los párrafos tercero y cuarto y 317. Estos artículos están referidos a los delitos de feminicidio, secuestro, robo agravado y extorsión.
También se aplica en los delitos comprendidos en el Título I-A y en el Capítulo IX del Título IV del Libro Segundo del Código Penal, referidos al abuso de la libertad sexual, donde la disminución no es mayor que un tercio del mínimo de la pena fijada por ley.
El artículo 57, sobre los requisitos para la suspensión de la ejecución de la pena, establece que el juez puede suspender la ejecución de la pena siempre que se reúnan ciertos requisitos.
En dicho artículo se define que “la suspensión de la ejecución de la pena es inaplicable a los funcionarios o servidores públicos condenados por cualquiera de los delitos dolosos previstos en los artículos 384, 387, segundo párrafo del artículo 389, 395, 396, 399, y 401 del Código”.
También, “las personas condenadas por el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar del artículo 122-B, por el delito de lesiones leves previsto en los literales c), d) y e) del numeral 3) del artículo 122 o por los delitos previstos en los artículos 108-B, 152, 189, 200, excepto los párrafos tercero y cuarto, y 317 o por cualquiera de los delitos comprendidos en el Título I-A y en el Capítulo IX del Título IV del Libro Segundo”.
(FIN) CVC
GRM
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Publicado: 14/3/2025