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Cuatro distritos de Áncash y dos de La Libertad en emergencia por desastres naturales

Ejecutivo adoptó medida para ejecutar acciones de respuesta en zonas afectadas

Cuatro distritos de la región Áncash y dos de la región La Libertad fueron declarados en estado de emergencia por el poder Ejecutivo debido a las situaciones de desastre originadas por las intensas lluvias que se registran en el país.

Cuatro distritos de la región Áncash y dos de la región La Libertad fueron declarados en estado de emergencia por el poder Ejecutivo debido a las situaciones de desastre originadas por las intensas lluvias que se registran en el país.

09:14 | Lima, feb. 9.

Cuatro distritos de la región Áncash y dos de la región La Libertad fueron declarados en estado de emergencia por el poder Ejecutivo debido a las situaciones de desastre originadas por las intensas lluvias que se registran en el país.

Mediante un Decreto Supremo se declara el estado de emergencia, por 60 días calendario, en los distritos de Alfonso Ugarte y Quiches, provincia de Sihuas; y en el distrito de Parobamba, provincia de Pomabamba, pertenecientes al departamento de Áncash; y también en los distritos de Taurija y Rupay, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, por peligro inminente ante probable desembalse.

También se declaró en emergencia al distrito de Pomabamba, en la provincia ancashina de Pomabamba, debido a la erosión fluvial que ocasionan las torrenciales precipitaciones.


La norma dispone que los gobiernos regionales de Áncash y La Libertad, así como los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) ejecutarán las medidas y acciones destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.

Estas acciones contarán con la participación de los Ministerios de Salud; Educación; Agricultura y Riego; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Transportes y Comunicaciones; Interior; Defensa; Mujer y Poblaciones Vulnerables; Desarrollo e Inclusión Social; Trabajo y Promoción del Empleo; Producción; Energía y Minas; y demás instituciones públicas y privadas involucradas.

Las intervenciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, precisa el dispositivo legal.

La implementación de estas acciones se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo; y está refrendada por los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/

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Publicado: 9/2/2019