En el marco del estado de emergencia prorrogado hasta el 31 de julio para frenar al nuevo coronavirus, con una cuarentena focalizada, el Poder Ejecutivo dispuso la suspensión de todo tipo de reunión social que implique concentración o aglomeración de personas.
De acuerdo al Decreto Supremo N 116-2020-PCM publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, quedan suspendidos los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen aglomeraciones que pongan en riesgo la salud pública.
Igualmente, durante el estado de emergencia, el Ejecutivo dispuso la continuidad del cierre total de las fronteras, por lo que continúa suspendido el transporte internacional de pasajeros por medio terrestre, aéreo, marítimo o fluvial, salvo razones humanitarias y conforme las normas y las condiciones sanitarias que deben seguir los pasajeros.
La norma indica también que el transporte de carga y mercancía no se encuentra comprendido dentro de este cierre temporal.
En tanto, las autoridades competentes pueden dictar disposiciones con la finalidad de garantizar la atención prioritaria para el ingreso de los productos de primera necesidad para la salud y todos aquellos requeridos con el fin de atender la emergencia sanitaria generada por el nuevo coronavirus.
El estado de emergencia decretado para frenar la expansión del nuevo coronavirus debía terminar el próximo 30 de junio.
No obstante, el Gobierno que preside Martín Vizcarra consideró necesario extenderlo hasta el 31 de julio, con la finalidad de mantener a pie firme las medidas dictadas para salvaguardar la vida y la salud de los peruanos, entre ellas la orden de aislamiento obligatorio desde las 22.00 horas hasta las 04.00 horas de lunes a domingo.