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Normas Legales: amplían estado de emergencia por déficit hídrico en 34 distritos de Piura

También se prorrogó la declaratoria en cinco localidades de Puno por contaminación del agua

ANDINA/Difusión

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16:59 | Lima, dic. 21.

El Poder Ejecutivo dispuso prorrogar, por 60 días, el estado de emergencia declarado en 34 distritos de diferentes provincias de la región Piura, ello ante la situación de déficit hídrico que actualmente afrontan.

A través del Decreto Supremo 143-2024-PCM, publicado este sábado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se dispone extender la medida que se encuentra vigente desde el pasado 31 de octubre.

En ese sentido, se precisa que la prórroga regirá a partir del próximo 30 de diciembre y que su finalidad es continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Se señala que el Gobierno Regional de Piura y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de diferentes ministerios y otras entidades públicas y privadas, seguirán ejecutando dichas medidas.

Las acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, añade el texto.


Prorrogan medida en distritos de Puno


Asimismo, el Ejecutivo emitió otro decreto supremo mediante el cual se amplía, también por 60 días, el estado de emergencia declarado en cinco distritos de la región Puno por peligro inminente ante contaminación hídrica

La medida abarca los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar; y en el distrito de Ocuviri de la provincia de Lampa. En este caso, la prórroga regirá a partir del 24 de diciembre.


El dispositivo indica que la medida tiene como finalidad la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en cuanto correspondan.

En la parte considerativa se precisa que se ha identificado acciones pendientes de culminar para la atención de la emergencia, como la entrega de insumos agrarios, la implementación de soluciones temporales de abastecimiento de agua apta para el consumo humano, entre otras.

Ambos decretos supremos llevan la rúbrica de la presidenta Dina Boluarte; el jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén; y los titulares de las carteras de Defensa; Desarrollo Agrario y Riego; Interior; Salud y Vivienda, Construcción y Saneamiento.

(FIN) MCA


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Publicado: 21/12/2024