El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), a través del programa de Familias Acogedoras, garantiza el derecho a vivir en un entorno familiar seguro a niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar, evitando que sean cuidados en un medio institucional.
Actualmente, 441 familias a nivel nacional forman parte del Banco de Familias Acogedoras del MIMP, quienes cuentan con distintas características, edades y estado civil, pero que tienen algo en común: un noble y solidario corazón.
El proceso para convertirse en una persona o familia acogedora no es extenso, pero es minucioso en sus evaluaciones, ya que busca garantizar la protección de los menores acogidos. Para ello, las personas seleccionadas reciben acompañamiento y capacitación en temas de crianza y cuidado.
Cabe resaltar que esta medida es temporal, ya que el objetivo del MIMP es eliminar los factores que motivaron la separación de las niñas, niños y adolescentes de su familia, por lo cual trabajan con ellas a fin de que puedan asumir nuevamente el cuidado de sus hijos de forma segura.
Requisitos
Toda persona o familia que tenga la voluntad y capacidad de brindar afecto y cuidado temporal en su hogar a una niña, niño o adolescente, puede solicitar ser una Familia Acogedora del MIMP. Otros requisitos son:
- Contar con mayoría de edad
- Acceder de forma voluntaria a ser familia acogedora
- En caso hubiera hijas o hijos de la familia, se recibirá su opinión en función a su edad y grado de madurez, así como de los demás miembros de la familia que vivan con ellos.
- Los cónyuges o convivientes deben presentar la solicitud de acogimiento familiar de manera conjunta.
- Disfrutar de un estado de salud física y psíquica que no dificulte el normal cuidado de una niña, niño o adolescente.
- Disponer de recursos necesarios para asumir los gastos de alimentación, educación, salud, vivienda y otros derivados del acogimiento.
¿Cómo solicitar ser una persona o familia acogedora?
Para postular pueden comunicarse a través de la
línea gratuita 1810 o ingresar a la
web de Familias Acogedoras del MIMP, donde aparecen todos los requisitos, los formularios y se puede hacer la solicitud online.
Las personas solteras, viudas o divorciadas también pueden ser acogedoras de una niña, niño o adolescente, solo deben realizar su solicitud de manera individual. En el caso de convivientes o casados, deben postular conjuntamente.
Asimismo, para que una persona o familia pueda brindar este cuidado alternativo y temporal, debe haber sido evaluada favorablemente por un equipo interdisciplinario de la Dirección de Protección Especial del MIMP. El plazo para realizar las evaluaciones es de hasta 30 días hábiles.
De igual manera, la persona o familia acogedora recibirá una capacitación del MIMP, mediante sesiones informativas y formativas para facilitar la convivencia, la atención, cuidado y protección del menor.
Es importante precisar que la persona o familia estará a cargo del menor hasta que se resuelva definitivamente su situación familiar. También depende de la resolución que declara la capacidad de la familia acogedora que tiene vigencia por 3 años.
Por último, el número de niños o adolescentes que una persona o familia puede acoger se determina en función a la evaluación, características y capacidad que tienen para cubrir sus necesidades.