Andina

Poder Judicial plantea observaciones a dictámenes de Ley Orgánica de JNJ

Postura institucional fue remitida al Congreso y a la Defensoría del Pueblo

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la creación de siete Juzgados de Paz en zonas alejadas de los distritos judiciales de Cajamarca, Lambayeque, Ayacucho y San Martín.

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la creación de siete Juzgados de Paz en zonas alejadas de los distritos judiciales de Cajamarca, Lambayeque, Ayacucho y San Martín.

21:07 | Lima, ene. 28.

El presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros, remitió hoy al Congreso un informe con diez observaciones a los dictámenes aprobados en el Parlamento sobre la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y la Comisión Especial encargada de nombrar a sus integrantes.

En el documento se menciona que debe existir un tratamiento normativo diferenciado de la Comisión Especial y la JNJ porque ambas instituciones responden a una estructura, finalidad y organización distinta. 

También se propone la incorporación del mecanismo de paridad con meritocracia que garantice la participación de las mujeres, pero, a la vez, salvaguarde la importancia del mérito inherente a los procesos de selección.

Además, el Poder Judicial sostiene que es fundamental incorporar a la Academia de la Magistratura (Amag) como el eje central en la formación y selección de magistrados, que  funcione como una “escuela judicial similar a la escuela diplomática”.

También expresa su desacuerdo con la ratificación y la evaluación parcial de desempeño porque afectan el principio constitucional de independencia judicial y debilitan las garantías de permanencia e inamovilidad de los jueces. 

“Incorporar una evaluación adicional, en los términos planteados en el proyecto normativo es contrario a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad”, precisa el informe.


El ente judicial señala que dada la importancia de los procesos de nombramiento y destitución de magistrados, es indispensable que ambos sean aprobados por mayoría calificada (mínimo cinco miembros de la JNJ) y no por mayoría simple.

Asimismo, considera que debe agregarse a la fórmula legal referida a la amonestación y suspensión de magistrados supremos, los criterios de razonabilidad y proporcionalidad  reconocidos en la Constitución y desarrollados por el Tribunal Constitucional. 

Afectación a la autonomía

El Poder Judicial advierte que la prohibición de designar magistrados sin comunicar a la JNJ en casos de muerte, enfermedad y la atención de casos emblemáticos podría perturbar su correcta marcha institucional y autonomía.

“Los magistrados no nos oponemos a los sistemas de control pero consideramos fundamental que estos mecanismos no vacíen de contenido la independencia y la autonomía del Poder Judicial”, señala el documento.

Respecto a los requisitos para ser miembros de la JNJ, se plantea que la calificación del ejercicio de la cátedra contemple una calificación más estricta que la del tiempo mínimo de ejercicio. Asimismo, se considera insuficiente el mínimo de 15 años que se requiere como investigador en materia jurídica.

El documento fue remitido a través de un oficio al titular del Parlamento, Daniel Salaverry,  los presidentes de la Comisión de Constitución, Rosa Bartra, y de Justicia, Alberto Oliva; así como al Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez.

(FIN) NDP/RMCH/SMA

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Publicado: 28/1/2019