DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Guerra de bancos 2025: conoce las mejores tasas para tus depósitos a plazos
-
Beca Tec: requisitos y dónde estudiar gratis una carrera técnica con Pronabec
-
Sedapal anuncia corte de agua en varios distritos este viernes 11 de julio ¿cuáles son?
-
Joya arqueológica de Caral: hallazgos en Peñico asombran a la prensa internacional
-
UNALM: más de 2,000 jóvenes rendirán este domingo el examen de admisión 2025-II
-
Mural tridimensional polícromo descubierto en huaca Yolanda es inédito y singular en Perú
-
San Martín: aprovechan escamas y piel del paiche para elaborar golosinas y snacks
-
Chiclayo vive una revolución del turismo cultural gracias a la elección del papa León XIV
-
Gratificación julio de 2025: plazo para el depósito es hasta el 15 de este mes sino multa
-
INEI resultados 2025: consulta si fuiste preseleccionado como censista en el link oficial