DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Guerra de bancos 2025: conoce las mejores tasas para tus depósitos a plazos
-
Restaurante peruano Maido se corona como el mejor del mundo
-
Yape amplía su alcance: pagos con un clic y retiros de hasta S/ 3,500
-
Costa Verde: edificios cerca de acantilado enfrentan alto riesgo ante sismos [fotos/video]
-
Micha tras lograr el N° 1 con Maido: “La gastronomía puede hacer realidad los sueños"
-
Nueve universidades del Perú en ranking global 2026: cuáles son y en qué destacan
-
León XIV llama a evitar las guerras a toda costa: "Muchos inocentes están muriendo"
-
Junto a Maido, otros tres restaurantes de Lima entre los 50 mejores del mundo
-
BCR: términos de intercambio crecieron 14.5% en abril del 2025
-
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo felicita al restaurante Maido