El Gobierno declaró en proceso de modernización y reorganización del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace), con el fin de evaluar su situación administrativa, organizacional y de gestión, así como para proponer acciones y medidas de reforma, por el plazo de noventa días hábiles, contados a partir del día siguiente de la instalación de la comisión reorganizadora.
Por medio del Decreto Supremo 009-2024-Minam, publicado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se crea la comisión de modernización y reorganización del Senace de naturaleza temporal, encargada de evaluar la situación administrativa, organizacional y de gestión, así como de proponer las acciones y medidas de reforma.
Estará conformada por el/la viceministro/a de Gestión Ambiental, quien la preside; el/la presidente/a ejecutivo/a del Senace; dos representantes del Consejo Directivo del Senace; el/la director general de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el/la jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente (Minam).
Ejercerán funciones ad honorem
Los integrantes de la Comisión de Modernización y Reorganización, que ejercerán sus funciones ad honorem, deberán designar a un/a representante alterno/a, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión de Modernización y Reorganización dentro del plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir de la vigencia del presente decreto supremo.
La Secretaría Técnica de la Comisión de Modernización y Reorganización está a cargo del jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Minam, y será la responsable de brindar el apoyo técnico y administrativo al grupo de trabajo.
El decreto supremo precisa que las funciones de la Comisión son efectuar la evaluación de la situación administrativa, organizacional y de gestión del Senace; y elaborar un informe que contenga las propuestas de acciones y medidas de reforma para la modernización y reorganización del Senace, las mismas que no podrán afectar derechos de los servidores.
Prórroga e informe final
La vigencia de la Comisión podrá ser prorrogada previo informe de justificación de la Secretaría Técnica, mediante resolución ministerial.
Al término del plazo de vigencia, la Comisión presentará el informe final al Despacho Ministerial del Ministerio del Ambiente, para luego continuar con el trámite para su implementación correspondiente, en coordinación con el Consejo Directivo del Senace.
La Comisión de Modernización y Reorganización se instalará dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación del Decreto Supremo 009-2024-Minam.
El funcionamiento de la Comisión se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Ambiente, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Asimismo, los gastos que involucre la participación de los integrantes o representantes que la conforman se financian con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, según corresponda.
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