Tiene prioridad el pago de las deudas con requerimiento a favor de acreedores con enfermedades en fase terminal, hasta por la suma de S/ 30,000 y de acreedores con enfermedades en fase avanzada o con discapacidad severa, hasta por la suma de S/ 10,000.
Un total de 34,162 docentes, cesantes, jubilados y personal administrativo del sector Educación son los beneficiarios de los 200 millones de soles transferidos por el Ejecutivo a los gobiernos regionales para el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada por concepto de preparación de clases y evaluación, entre otros.
Mediante el
Decreto Supremo N° 128-2022-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se autoriza la transferencia de los recursos a los
gobiernos regionales para efectuar los pagos de acuerdo al listado priorizado elaborado por los comités permanentes de cada pliego regional y aprobado por la
Comisión Multisectorial Evaluadora, conformada por representantes del
Ministerio de Economía y Finanzas y el
Ministerio de Justicia.
Según con los criterios establecidos en el
Decreto Supremo N° 004-2022-MINEDU, tiene prioridad el pago de las deudas con requerimiento a favor de
acreedores con enfermedades en fase terminal, hasta por la suma de 30,000 soles y de
acreedores con enfermedades en fase avanzada o con discapacidad severa, hasta por la suma de 10,000.
Le sigue en orden de prioridad el pago de las deudas con requerimiento a favor de acreedores mayores de 65 años, hasta por la suma de 6,000 soles y de acreedores menores o de 65 años, hasta por 4,000.
Los pagos estarán a cargo de las unidades de gestión educativa local y direcciones regionales de Educación, las cuales deberán garantizar la atención a los beneficiarios.
El Ministerio de Educación precisa que entre los años 2018 y 2021 se transfirieron un total de 1,800 millones de soles a los gobiernos regionales para amortizar o cancelar deudas reconocidas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada, lo que benefició a un total de 209, 316 trabajadores, cesantes y jubilados del sector Educación.
La deuda social se origina por diversos conceptos, entre ellos, la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, el desempeño en el cargo y la preparación de documentos de gestión, la asignación por años de servicios y los subsidios por luto y gastos de sepelio.
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(FIN) NDP/TMC/MAO
JRA
Publicado: 20/6/2022