DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Conoce el cronograma 2025 de pagos de sueldos y pensiones en el Estado
-
Guerra de bancos 2025: conoce las mejores tasas para tus depósitos a plazos
-
Google celebra la "media luna" y así es como puedes jugar con el doodle del buscador
-
Choquequirao destaca como uno de los sitios más bellos del mundo para visitar este 2025
-
¿Cuál fue la primera capital de Perú y por cuáles aspectos es famosa?
-
Editora Perú y Municipio de Miraflores inauguran exposición sobre visita del papa al Perú
-
Ayacucho supera expectativas: más de 29,000 visitantes disfrutaron de la Semana Santa 2025
-
Pronabec lanza Beca Productiva 2025 para peruanos en situación de vulnerabilidad
-
Aniversario de Jauja: descubre mágicos tesoros turísticos de la primera capital del Perú
-
Aeropuerto Jorge Chávez: alistan norma para sacar tránsito pesado de Morales Duárez[video]