Andina

Declaran en emergencia 33 distritos de 14 provincias en 4 regiones ante daños por lluvias

Medida regirá 60 días calendario para la ejecución de acciones inmediatas de respuesta y rehabilitación

Las medidas y acciones de excepción de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas las ejecutarán los gobiernos regionales de Amazonas, Ayacucho, Pasco y Ucayali, gobiernos locales, en coordinación técnica y seguimiento del Indeci. Participarán diversos ministerios. Foto: ANDINA/ Ricardo Cuba.

Las medidas y acciones de excepción de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas las ejecutarán los gobiernos regionales de Amazonas, Ayacucho, Pasco y Ucayali, gobiernos locales, en coordinación técnica y seguimiento del Indeci. Participarán diversos ministerios. Foto: ANDINA/ Ricardo Cuba.

08:42 | Lima, mar. 19.

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia, durante 60 días calendario, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Pasco y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de intensas lluvias, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

El decreto supremo Nº 039-2023-PCM precisa que los siguientes son los distritos en tal condición:  


Las medidas y acciones de excepción de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas las ejecutarán los gobiernos regionales de Amazonas, Ayacucho, Pasco y Ucayali y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).


Participarán los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento; Transportes y Comunicaciones, Energía y Minas, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, Interior, Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucrada.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. 

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 

El presente decreto supremo es refrendado por la presidenta de la República, Dina Boluarte; el presidente del Consejo de Ministros, Luis Alberto Otárola y los ministros respectivos.

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(FIN) TMC
JRA

Publicado: 19/3/2023