Con la finalidad de fortalecer los derechos de acceso a la información y de participación ciudadana, se publicó hoy el nuevo Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades de Hidrocarburos.
El reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 002-2019-EM publicado en el diario oficial El Peruano, deroga la normativa sobre esta misma materia que fuera aprobada en el año 2008.
El nuevo Reglamento de Participación Ciudadana incorpora mejoras en los mecanismos de participación ciudadana dentro de los procesos de contratación petrolera.
Negociación
Entre los principales cambios se puede indicar que en la etapa de negociación o concurso y suscripción de los contratos de exploración y/o explotación de hidrocarburos a cargo de
Perupetro, la agencia desarrollará mecanismos de comunicación e información considerando las características sociales y culturales de la población, además de realizar eventos presenciales.
En cuanto a mejoras en los eventos presenciales a cargo de Perupetro, se señala que la difusión del evento debe hacerse considerando la realidad cultural de la población, y se establecen reglas para determinar a los participantes que deben ser convocados, tanto para los eventos referidos a lotes ubicados en tierra (onshore) y en el mar (
offshore).
Colaboración
El nuevo reglamento también fortalece la colaboración entre instituciones al señalar que Perupetro puede solicitar la participación de otras entidades públicas en los eventos presenciales, así como la remisión de información que considere necesaria para el desarrollo de dichos eventos.
Perupetro debe canalizar las consultas o reclamos recogidos en dichos eventos ante las diferentes entidades públicas, de acuerdo a sus competencias. Además, debe emitir informes a través de los cuales analice el proceso de participación ciudadana durante esta fase.
Se regulan los mecanismos de participación ciudadana para los diferentes instrumentos de gestión ambiental, incluyendo los Informes Técnicos Sustentatorios (ITS) que anteriormente no contaban con regulación.
Además, se dispone que los resúmenes ejecutivos de los Estudios de Impacto Ambiental deben presentarse tanto en texto como también en medios audiovisuales.
Lineamientos
Finalmente, entre las disposiciones completarías finales, el reglamento señala que el MEM elaborará los lineamientos para el desarrollo de mecanismos de participación ciudadana en las actividades de hidrocarburos para poblaciones vulnerables, mujeres y pueblos indígenas u originarios.
Dichos lineamientos serán coordinados con el Ministerio de Cultura y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su calidad de entes rectores, respetándose lo dispuesto en la legislación vigente sobre la materia.
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(FIN) RGP/RGP
Publicado: 5/1/2019