El exprocurador anticorrupción Julio Arbizu consideró que el segundo pedido de extradición contra el expresidente Alejandro Toledo debe ser declarado procedente, con lo cual su destino no será otro que retornar al Perú para responder a la justicia.
"No hay otro destino para Toledo que la extradición. Los delitos por los cuales es solicitado en Perú son también delitos en Estados Unidos, hay una contundencia probatoria inicial que debe ser tomada en cuenta por justicia de ese país", declaró a Agencia Andina.
Sostuvo que si bien los trámites en este proceso suelen ser largos, hay meses de avance en el caso Toledo y el resultado final será su retorno al país para ser juzgado.
"Lo importante es que Estados Unidos apruebe la extradición por todos los delitos que se le imputan al exmandatario en el Perú", indicó Arbizu.
El Poder Judicial definirá esta semana si procede o no el pedido de extradición contra el expresidente Alejandro Toledo y su esposa Eliane Karpe, por
el caso Ecoteva.
En la audiencia llevada a cabo el pasado 26 de febrero, el juez César San Martín escuchó los argumentos tanto de la defensa técnica de los implicados como los del Ministerio Público y la Procuraduría Ad Hoc.
La Fiscalía acusa a Toledo de favorecer a Odebrecht en la licitación de los tramos 2 y 3 de la carretera Interoceánica y a la empresa Camargo Correa en el tramo 4 de la misma vía, a cambio del pago de coimas que habrían sido entregadas a través del empresario israelí Josef Maiman.
Ese dinero habría servido para constituir en Costa Rica empresas offshore, entre las cuales se encontraba la fundación Ecoteva Consulting Group, que tenía como propietaria a Eva Fernenbug, madre de Eliane Karp.
Ecoteva adquirió en Lima el 2013 una propiedad valorizada en 3.8 millones de dólares en la urbanización Las Casuarinas y una oficina en el edificio Omega valorizada en 882,000 dólares, ambas en el distrito de Surco.
Además canceló las hipotecas de la casa de Alejandro Toledo en la urbanización Camacho, por 217,000 dólares y de Punta Sal por 277,000 dólares.
(FIN) VVS/RMCH
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Publicado: 1/3/2020