La calidad del empleo se ha deteriorado con la pandemia del covid-19 y en el Perú, país donde priman las actividades informales o de carácter independiente, esta realidad coloca sobre todo a los jóvenes en riesgo de aceptar trabajos forzosos que ponen en riesgo su salud, voluntad y dignidad.
Así lo advirtió el director de Políticas y Estrategias de la organización CHS Alternativo, Luis Enrique Aguilar, al explicar que el trabajo forzoso es un delito poco conocido, regulado recién en el año 2017. Las víctimas trabajan a menudo en lugares ocultos de la mirada pública, por lo que suelen ser difíciles de identificar.
Al conmemorarse hoy, domingo 1 de mayo, el Día del Trabajo, Aguilar sostuvo que los jóvenes son los más perjudicados con este delito, que en el Perú se sanciona hasta con 25 años de cárcel. Además, los autores pueden ser sancionados administrativamente con una multa de hasta 200 UIT.
"Yo recomiendo a los jóvenes tratar de buscar empleo a través de mecanismos formales de reclutamiento. No solo las clásicas bolsas de trabajo en las universidades sino en la
web del Ministerio de Trabajo. La formalidad es importante.
Si por una actividad menor, pretenden pagarte una paga exorbitante... es obvio que te van a engañar, por allí habrá trata de personas o trabajo forzoso", comentó a la
agencia Andina.
La diferencia entre trabajo forzoso y trata de personas es que esta última presenta acciones previas (captar, transportar, trasladar, acoger, recibir o retener) que tienen como finalidad la explotación.
Características del trabajo forzoso
-Abuso de vulnerabilidad: cuando la víctima no tiene otra alternativa real o aceptable que someterse al abuso.
-Engaño: se simula la realidad a efectos de obtener el consentimiento “viciado” de la víctima.
-Restricción de movimiento: limitar la libertad ambulatoria de los empleados fuera del trabajo.
-Aislamiento: controlar el acceso de la información externa, restringiendo la posibilidad de comunicarse.
-Violencia física y sexual: acciones coercitivas para hacer daño físico y sexual para doblegar la voluntad.
-Intimidación y amenazas: infundir miedo a los trabajadores a través de la comunicación de un daño próximo.
-Condiciones abusivas de trabajo y de vida: trabajo realizado en condiciones que no serían aceptadas libremente y que infringen los estándares legales en entornos laborales.
-Retención de documentos de identidad: confiscar documentos de identidad de los trabajadores para ejercer control.
-Retención de salarios: control parcial o total del salario para permitir una relación desigual de poder.
-Horas extras excesivas: obligar mediante amenaza, manipulación o violencia a jornadas que exceden las permitidas por ley.
-Servidumbre por deudas: realizar un servicio o trabajo con el único objetivo de pagar una deuda heredada o inducida.
Luis Enrique Aguilar advirtió que el engaño es el indicador más común durante el reclutamiento de las víctimas. "Se publican (por escrito y web) falsas ofertas de empleo como principal mecanismo de explotación".
Y durante la relación laboral, la violencia física, el aislamiento, las horas excesivas son las características principales, mientras que en la parte final, cuando el trabajador pretende abandonar el trabajo, se enfrenta a la servidumbre por deuda (les han cobrado por alimentos, habitación, etc y debe devolver el dinero) o a la retención de sus documentos.
Sin duda, añadió, el elemento que siempre está presente a lo largo de la cadena de explotación del trabajo forzoso es el abuso de la vulnerabilidad de las personas, ya sea desde el punto de vista psicológico, social o estructural.
El representante de CHS Alternativo aclaró que no importa el tipo de relación formal o no formal con el empleador, dependiente o independiente, el trabajo forzoso puede darse en la formalidad o informalidad.
¿Dónde se presenta más?
De las investigaciones realizadas, informa CHS Alternativo, el trabajo forzoso en el Perú se manifiesta por ejemplo en:
-El emporio textil de Gamarra
-En las actividades informales relacionadas con la
venta de productos y servicios en grandes conglomerados. Por ejemplo, las tiendas de venta de pintura o ferretería de la avenida Argentina. El caso de los
dos jóvenes fallecidos por estar encerrados en contenedores durante el incendio de la galería Nicolini, en Las Malvinas, en el 2017, es un caso emblemático.
-Agencias de empleo informales.
-La agroindustria y pesca (sobre todo en la pesca a gran escala, donde hay ciudadanos chinos o africanos explotados en jurisdicción del Estado peruano)
-Sectores extractivos como la tala y minería ilegal, pero también en el trabajo doméstico, afectando principalmente a mujeres, poblaciones indígenas y jóvenes de escasos recursos y sin acceso a oportunidades de empleo.
Delito poco conocido, escasas denuncias
Un estudio del Instituto de Estudios Peruanos por encargo de CHS Alternativo reveló en el 2019 que el 14% de personas cree que son muy frecuentes las situaciones de trabajo forzoso y un 27% considera que es frecuente, en tanto que un 44% no comprende qué es trabajo forzoso. Esa sería la razón por la cual la Policía Nacional y el Ministerio Público han recibido tan pocas denuncias de este delito.
De acuerdo con la Policía, en el 2018 y 2019, antes de la pandemia, se reportaron 155 y 131 casos respectivamente. En tanto, el 2020 y 2021, en plena pandemia, las cifras no cambiaron mucho: 84 y 133, respectivamente.
En tanto, un informe del Ministerio Público reporta que entre el enero del 2017 y agosto 2020, se registraron 28 denuncias por trabajo forzoso. De ese registro, hay un total de 46 víctimas y 38 imputados.
Sin embargo, advirtió el representante de CHS Alternativo, en el Perú "hay un proceso de normalización de la situación de explotación en el trabajo". El trabajador peruano, dijo, está acostumbrado a dar más de lo que podría cobrar y hay situaciones de competencia que hacen que los empresarios inviertan lo mínimo y busquen personas que no piden tanto dinero.
"Hace poco 33 venezolanos entrevistados nos decían que le sorprendía el nivel de tolerancia que tenían los peruanos en relación a las condiciones de trabajo y que eso era una de la cosas que más le chocaban. Porque en Venezuela, incluso en crisis, cumplen un horario de trabajo y se respetan las condiciones laborales".
Dato:
En el Perú, el trabajo forzoso es un delito. Por ello, una serie de instituciones atienden a las víctimas de estos casos para el procesamiento de la denuncia y la asistencia pertinente de acuerdo al caso. Conócelas a continuación:
-La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Puedes hacer tu denuncia llamando al 997961200 o escribiendo a noaltrabajoinfantil@sunafil.gob.pe.
También en su local ubicado en la av. gral. Salaverry 655 Jesús María, o en las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo a nivel nacional.
La Sunafil cuenta con el Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil. Al recibir su denuncia, fiscalizarán las actividades laborales y aplicarán las sanciones administrativas.
-Policía Nacional del Perú (PNP). Puedes llamar a la Central Única de Denuncias 1818, a la aplicación Móvil “Willariy Perú” o escribiendo a denuncias@mininter.gob.pe
La Central Única de Denuncia del Ministerio del Interior (Mininter) funciona las 24 horas, todos los días.
Las denuncias serán remitidas a la Dirección contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes de la PNP y sus oficinas regionales, quienes se contactarán e investigarán el caso.
-Ministerio Público – Fiscalía de la Nación. Puedes hacer la denuncia en la Fiscalía más cercana a ti, de manera gratuita y anónima.
Las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas del Ministerio Público se encargan de la investigación y persecución del caso. Si eres una víctima, podrán brindarte servicios de asistencia legal, psicológica y social a través de la unidad especializada.
-Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP). Llama a la Línea 100 o Línea 1810, o denuncia un caso en la Dirección de Protección Especial, ubicada en el jr. Camaná N° 616, Mezanine, Cercado de Lima, o en la Demuna de las municipalidades a nivel nacional
El MIMP, a través de las Unidades de Protección Especial, recogerá su denuncia en caso de niñas, niños y adolescentes víctimas. Los/as especialistas verificarán el estado de la víctima y le brindarán asistencia legal, psicológica y social.
En caso de necesidad, la niña, niño o adolescente puede acceder a un albergue. Para ello se debe presentar la denuncia a la PNP o el Ministerio Público. Para denunciar no se necesita presentar documento de identidad.
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