Pese a lo establecido en la Ley 31481, aprobada en el Congreso, no hay manera de que se efectúen elecciones internas complementarias para designar a los candidatos de las organizaciones políticas que participarán en los comicios regionales y municipales de este año, señaló el jefe de la misión para el Perú de IDEA Internacional, Percy Medina.
Lo determinado en dicha norma implicaría modificar el cronograma electoral ya en marcha, fijado por el Jurado Nacional de Elecciones, consideró el especialista.
La imposibilidad reside también en que la realización de estos comicios complementarios implicaría un desembolso presupuestal no considerado de antemano.
Las elecciones internas mencionadas se realizaron los días domingo 15 y 22 de mayo; antes de la promulgación de la mencionada ley. Luego de ello, el cronograma electoral fija el 14 de junio como plazo para la inscripción de los candidatos elegidos.
Es en ese paso en el que las fuerzas políticas participantes deben centrar su esfuerzo y preocupación, recomendó el especialista en temas electorales.
Acto simbólico
Ante la decisión de algunas agrupaciones políticas de realizar elecciones internas complementarias sin que en ellas participen los organismos electorales, Medina consideró que esto quedará en un acto simbólico, carente de efectos jurídicos.
Recordó que hay una norma legal que establece que todas las reformas sobre los procesos electorales tienen que hacerse a más tardar el año anterior a la realización de los comicios.
“Se trata de garantizar que todos los actores conozcan en qué condiciones y bajo qué reglas van a participar y que los propios organismos electorales puedan diseñar los procesos, sabiendo a qué atenerse”, explicó.
(FIN) FGM
GRM
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Publicado: 4/6/2022