Asimismo, indica que el Ministerio de Salud (Minsa) debe implementar medidas para
promover el uso de medicamentos genéricos con denominación común internacional y de productos biosimilares, con la finalidad de mejorar el acceso de la población a ellos.
Estas medidas abarcan los aspectos de producción, importación, calidad, distribución, prescripción, dispensación, uso e información de estos a la población y a los profesionales de la salud.
En cuanto a las farmacias públicas, la cobertura y el
abastecimiento se darán en forma gradual. La primera etapa se implementará en los establecimientos del Minsa de Lima, luego en los centros médicos y nosocomios a cargo de los gobiernos regionales y la tercera etapa en las farmacias de EsSalud, Ministerio del Interior, Defensa, Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario.
Por otro lado, el Minsa ejecutará las actividades de la cadena de abastecimiento público de los recursos estratégicos en salud del sector Salud, para asegurar su disponibilidad, en el marco del
Sistema Nacional de Abastecimiento, a través del correspondiente operador logístico.
Puedes leer:
EsSalud, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Inpe están facultados a solicitar al Minsa, a través del órgano competente, la redistribución de los recursos estratégicos en salud. En todos los casos de redistribución se requiere de la opinión favorable de las entidades involucradas.
Las entidades que por sus funciones realicen actividades de abastecimiento de recursos estratégicos en salud pueden efectuar directamente contrataciones entre ellas, entre otras disposiciones. Estas medidas regirán desde el 2 de enero del 2020.
40 medicamentos esenciales
En un plazo que vencerá el 29 de noviembre del 2019, el Minsa aprobará un listado de hasta 40 medicamentos esenciales genéricos, los cuales deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en farmacias, boticas y servicios de farmacias.
Asimismo, se considerará una infracción no tener disponibilidad de los medicamentos esenciales genéricos del listado aprobado por el Minsa o no demostrar su venta, sancionable con amonestación o multa de hasta 8,400 soles (2 UIT). Esta obligación estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2020.
Más en Andina: