DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Día de la Papa: saborea 7 platos emblemáticos peruanos a base de nuestro tubérculo bandera
-
Postula hasta el 10 de junio a Beca Generación Bicentenario para posgrado en el extranjero
-
Falleció Lucha Fuentes, leyenda del vóley peruano
-
Temblor hoy en Perú: Marcona soporta un tercer sismo esta mañana
-
Rosa García dedica su ingreso al Salón de la Fama a Mr. Park "Él debe estar feliz arriba"
-
FPV prepara gira internacional para dupla peruana rumbo al Mundial de vóley playa 2025
-
Universitario y el millonario monto que recibirá por clasificar a octavos de final
-
Jefe del Gabinete anuncia que el lunes se inicia diálogo con bancadas parlamentarias
-
Indecopi confirmó que Iberia infringió derechos del consumidor por impedir abordaje
-
Pataz: nueva estrategia de control contra minería ilegal usa drones de última tecnología