MEF autoriza S/ 182 millones a comunas y región para desarrollo territorial

Son ganadores del concurso Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial 2024

Foto: ANDINA/archivo.

Foto: ANDINA/archivo.

06:37 | Lima, abr. 26.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de 182 millones 20,146 soles a favor de diversos gobiernos locales y un gobierno regional ganadores del concurso FIDT 2024.

Mediante el Decreto Supremo 076-2025-EF se establece que los recursos se destinarán a financiar o cofinanciar los gastos que demanden la elaboración de estudios de preinversión a nivel de perfil / fichas técnicas y la ejecución de inversiones en el marco del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial (FIDT).

Los pliegos habilitados en el numeral 1.1, y los montos a ser incorporados, se consignan en el anexo: “Lista de 84 convenios suscritos en el marco del concurso FIDT 2024 (financiamiento y cofinanciamiento)” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.




Los titulares de los pliegos habilitados en el crédito suplementario, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. 

La copia de la resolución es remitida dentro de los cinco días calendario de aprobada, según la norma legal. 

La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Los recursos del crédito suplementario no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados.


Más en Andina:


(FIN) JJN/JJN
GRM

Publicado: 26/4/2025