DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
San Martín: voluntarios plantan más de 300 especies nativas en jornada de reforestación
-
Pataz: caen Los Sicarios de Cuchillo implicados en asesinato de 13 personas en socavón
-
MEF: Tren Macho es primer paso para reapertura de política ferroviaria en Perú
-
Leyla Chihuán despide a Lucha Fuente: "Fue maestra e inspiración de generaciones"
-
Con Beca 18, hija de médico fallecido cumplirá su sueño de estudiar medicina humana
-
Inaigem: 58 lagunas han sido clasificadas en "riesgo muy alto" de desborde, según estudio
-
Serfor sancionará a mujer que fue encontrada con cinco pieles de vicuña en Arequipa
-
Descubren nueva especie de lagartija en volcanes que rodean la ciudad de Arequipa
-
¡El ‘Papá’ puso orden! Cienciano gana su grupo y va a octavos de final de la Sudamericana
-
Víctimas peruanas del Sodalicio piden audiencia a papa León XIV para acabar su pesadilla