El abogado laboralista, Ricardo Herrera, consideró hoy que unos 500,000 trabajadores, entre independientes y dependientes, realizan trabajo remoto en todo el país, debido a la pandemia del coronavirus, covid-19.
Refirió que desde el inicio de la pandemia, mediante el Decreto de Urgencia (DU) 026-2020, se estableció la posibilidad de que las empresas dispongan que sus colaboradores trabajen de forma remota, que es una figura parecida a la del teletrabajo, pero que no es igual.
“El trabajo remoto surge como alternativa para las labores durante la pandemia”, indicó el abogado laboralista en el programa Economía para Todo por Andina Canal Online.
"Si no ocurre el trabajo remoto, entonces, debe implementarse una licencia con goce de haber recuperable", agregó.
El fin de semana pasado, mediante el Decreto de Urgencia (DU) 127-200 se extendió el trabajo remoto hasta el 31 de julio del próximo año, considerando que existen cerca de 300,000 trabajadores dependientes que realizan trabajo remoto, comentó.
Además, señaló que es probable que el Congreso de la República, que está discutiendo la modificatoria de la legislación del teletrabajo, pueda incluir el trabajo remoto como una opción de labor permanente.
Teletrabajo y trabajo remoto
Herrera precisó que el trabajo remoto se realiza en el domicilio del trabajador, mientras que el teletrabajo se puede hacer en la residencia del colaborador, en un café, en un parque, etc.
Indicó que en el trabajo remoto, el empleador tiene que pagar una compensación por el uso del espacio físico del trabajador en cuanto a su domicilio, el uso de su mobiliario como laptop, internet, energía eléctrica, desgaste del equipo usado, entre otros.
"En el trabajo remoto, las partes (trabajador y empleador) si desean pueden establecer tal compensación o el equipamiento de la oficina en casa, pero si ello no sucede, el trabajador tiene que implementar su oficina en su residencia para desarrollar su trabajo remoto", explicó.
“Estos son los costos que se ahorran los empleadores y los anima a implementar el trabajo remoto, además de continuar con esta forma de labor por la pandemia”, añadió.
Beneficios
El trabajo remoto y el teletrabajo generan algunos beneficios como el ahorro de las horas de viaje de los colaboradores desde sus domicilios hasta sus centros de labores, tiempo que puede ser usado para su vida personal y familiar, sostuvo.
Además, se consolida la vida familiar de los trabajadores bajo estas modalidades, gastan menos en vestuario y almuerzos, pueden alimentarse sanamente y dormir un poco más, lo que redundará en una mejora de la productividad, consideró.
Aunque existen algunos perjuicios como más posibilidad de que los colabores se estresen o depriman por estar encerrados y que tengan que estar conectados la mayor parte del día porque sus empleadores lo exigen, refirió.
Desconexión digital
Por ello, el fin de semana pasado, vía el DU 127-2020 se estableció el derecho a la desconexión laboral para esta forma de laborar a distancia, manifestó el laboralista, Ricardo Herrera.
Explicó que si el trabajador está sujeto a una jornada máxima de trabajo entonces, se desconectará de su trabajo a su hora de salida hasta el día siguiente, cuando le toca su hora de ingreso; pero si el trabajador no está sujeto a una jornada máxima de trabajo tiene derecho a 12 horas de desconexión continúa cada 24 horas.
Asimismo, indicó que, si el empleador le pide al trabajador que se conecte en el lapso de la desconexión y el trabajador acepta, el empleador tiene considerar eso como un sobretiempo y tiene dos opciones: pagarle la sobretasa por el tiempo laborado o brindarle en compensación el tiempo equivalente en días laborables para que el trabajador descanse.
Este derecho a la desconexión es una novedad que responde al exceso de demanda de trabajo que los empleadores estaban realizando sobre los trabajadores remotos, pues tenían que estar laborando todo el día a requerimiento de las empresas, comentó.
"Esto no afecta la posibilidad de que los empleadores puedan convocar a los trabajadores para laborar presencialmente, si eso lo demanda el reinicio de las actividades en las empresas, a menos que sean colaboradores de grupo de riesgo, por ejemplo, que tengan más de 65 años de edad, en cuyo caso estarán de licencia con goce de haber recuperable hasta el 7
de diciembre, si no puede haber trabajo remoto", dijo.
Remoto y presencial
También, proyectó que a futuro habrán días de trabajo presencial en la oficina y días de trabajo remoto en casa, es decir, que sucedería una figura mixta, debido a que los trabajadores y empleadores lo observarían como una alternativa interesante.
“Se puede hacer esto (el trabajo remoto) básicamente con las labores intelectuales, las consultorías y asesorías, entre otros y eso se podría realizar de manera indefinida, no siendo así, en el caso, de los trabajos operativos”, precisó
De otro lado, señaló que los trabajadores pueden denunciar a los empleadores por el trabajo remoto fuera de hora ante la Sunafil.
“Lo pueden hacer de forma virtual”, dijo.
Finalmente, Herrera manifestó que se debe trabajar en la implementación de protocolos que permitan consolidar una legislación en materia de seguridad y salud ocupaciones para el trabajo remoto.
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(FIN) MMG / MDV
Publicado: 5/11/2020