DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Elecciones 2026:¿cuáles son los partidos que podrán participar en los próximos comicios?
-
Elecciones 2026: ¿Cuál será el impacto de las redes sociales en los próximos comicios?
-
Día de la Madre: las heroínas anónimas detrás de los ganadores de Beca 18 [video]
-
Huaral de aniversario: ¿Cómo llegó a convertirse en destino favorito de los limeños?
-
Minería en tiempo de los incas: ¿Dónde quedaban los yacimientos y qué metales explotaban?
-
Señor de la Soledad: ¿Por qué es una celebración emblemática de Áncash y cómo se festeja?
-
PJ: registro de deudores alimentarios es una herramienta eficaz para sancionar morosos
-
Universitario se hizo del clásico al derrotar 1-0 a Alianza Lima en Matute
-
Huancayo: egresado de universidad de Huancayo ganó primer lugar de concurso del Midagri
-
Operación Sonrisa lanza nueva campaña para operar gratis a niños con fisura labial