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Normas Legales: ONPE aprueba formatos para aportes, ingresos y gastos de campaña

ANDINA/Jhony Laurente

ANDINA/Jhony Laurente

23:13 | Lima, mar. 9.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó los formatos y anexos que serán utilizados en la presentación de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y, gastos efectuados durante la campaña electoral.

La institución emitió para ello la Resolución Gerencial 000001-2025-GSFP/ONPE, que se publicó esta noche en la Edición Extraordinaria del boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Los formatos a ser presentados por las organizaciones políticas son el Formato 5: Registro central de aportaciones / ingresos de campaña electoral, y sus respectivos anexos:

Anexo 5A: Saldo inicial de campaña electoral
Anexo 5B: Aportaciones individuales en efectivo y en especie
Anexo 5C: Ingresos por actividades de financiamiento proselitista
Sub -Anexo 5C: Detalle por actividad proselitista
Anexo 5D: Otros ingresos de campaña electoral
Anexo Confidencial: Datos confidenciales de los aportantes

También para las organizaciones políticas se aprobó el Formato 6: Registro central de gastos de campaña electoral, así como sus anexos:

Anexo 6A: Gastos de propaganda electoral efectuados en medios de comunicación
Anexo 6B: Otros gastos de propaganda electoral
Anexo 6C: Otros gastos de campaña electoral distintos a la propaganda electoral


Para los candidatos

En tanto, para las personas candidatas o sus responsables de campaña electoral, según corresponda, se aprobó el Formato 7: Aportaciones / ingresos de campaña electoral recibidos por candidatos (as) a cargos de elección popular. Estos son sus anexos:

Anexo 1: Detalle de actividades para generar ingresos en campaña electoral
Anexo 2: Datos confidenciales del candidato (a) o responsable de campaña
Anexo 3: Datos confidenciales de los aportantes

También para este último grupo se aprobó el Formato 8: Gastos de campaña electoral efectuados por candidatos (as) a cargos de elección popular.

En la parte considerativa de la norma se precisa que la actualización y aprobación de estos formatos se da en concordancia con las modificaciones efectuadas por la Ley 32254, que restituyó la viabilidad de que las personas jurídicas nacionales con fines de lucro aporten a una o varias organizaciones políticas, así como a sus candidatos.

(FIN) MCA

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Publicado: 9/3/2025