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ANA declara veda de recursos hídricos de las unidades hidrográficas de Chira y Piura

Estos reservorios constituyen las principales fuentes de abastecimiento hídrico

Cauce del río Piura en la provincia de Sechura Foto: ANDINA/Archivo

Cauce del río Piura en la provincia de Sechura Foto: ANDINA/Archivo

20:16 | Lima, nov. 1.

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) declaró la veda de recursos hídricos provenientes de las unidades hidrográficas de Chira y Piura, en las cuales queda prohibido el otorgamiento de derechos de uso de agua superficial y el incremento de volúmenes otorgados hasta que las condiciones hidrológicas permitan garantizar su disponibilidad hídrica para diferentes usos.

Así lo establece la Resolución Jefatural 0429-2024-ANA, publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y que lleva la firma del jefe de la institución, José Musayón Ayala.


La Ley de Recursos Hídricos (Ley 29338) establece en el numeral 6 del artículo 15 que es función de la ANA declarar, previo estudio técnico, zonas de veda de recursos hídricos, y dictar para el caso las medidas pertinentes.

En el el artículo 78 de la referida ley se indica que la Autoridad Nacional puede declarar zonas de veda y zonas de protección del agua para proteger o restaurar el ecosistema y para preservar fuentes y cuerpos de agua, así como los bienes asociados al recurso hídrico.

De carácter temporal

La veda es de carácter temporal y se adopta cuando se comprueba la disminución de la disponibilidad del agua que ponga en peligro su uso sostenible por parte de los titulares de derechos de uso de agua. Persistirá en tanto no se incremente o se recupere la disponibilidad o no desaparezca la causa que lo motivó.

De la revisión del estudio "Condiciones de déficit hídrico en las unidades hidrográficas de Chira y Piura para la declaratoria de veda superficial" se advierte que los ríos Piura y Chira muestran reducciones de caudal superiores al 80 % respecto a sus valores normales de octubre, señala la R.J. 0429-2024-ANA en sus considerandos.

Fuentes de abastecimiento hídrico

Se indica, además, que los reservorios de Poechos y San Lorenzo presentan niveles históricamente bajos, con una tendencia decreciente continua. Esta situación plantea un riesgo significativo de desabastecimiento de agua en la
región Piura, y repercute en la disponibilidad de recursos hídricos para la agricultura de la región.

Las condiciones hidrológicas descritas en el estudio manifiestan un peligro inminente de déficit hídrico en la región de Piura, por lo que se recomienda declarar la veda de recursos hídricos superficiales en las unidades hidrográficas de Chira y Piura, debido a que estos reservorios constituyen las principales fuentes de abastecimiento hídrico.


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(FIN) JOT

Publicado: 1/11/2024