Abogada de Keiko Fujimori califica de absurda investigación en su contra
Giulliana Loza cuestiona decisión de fiscal José Domingo Pérez

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.
La abogada Giulliana Loza, defensa legal de Keiko Fujimori, calificó de absurda la decisión del fiscal José Domingo Pérez de incluirla junto a otros cinco abogados en la investigación contra la lideresa fujimorista, por presuntamente obstruir a la justicia.
Publicado: 13/12/2018
Para la abogada, con esta medida el fiscal Pérez pretende atentar contra la defensa de Keiko Fujimori.
“A sólo 48 horas de la audiencia de apelación de mi defendida, he sido notificada por el fiscal José Domingo Pérez, quien me ha incluido formalmente en la investigación del mismo caso por supuestamente ser miembro de una organización criminal que habría obstruido la justicia”, declaró a la prensa.
La abogada aseguró que afrontará el caso en las instancias correspondientes y pidió que la Defensoría del Pueblo se pronuncie sobre ese caso.
“Más allá de estos absurdos cargos que enfrentaré sin problemas en las instancias correspondientes, quiero advertir esta burda maniobra del fiscal para obstruir, deslegitimar y dejar sin defensa a Keiko Fujimori.
Asimismo, formuló un llamado al Colegio de Abogados para que observe y se pronuncie sobre ese tema, porque en su opinión, se trata de acusación contra personas que ejercen la defensa legal en el Perú.
Seis abogados que formaron parte de la defensa de Keiko Fujimori y Fuerza Popular en el caso Odebrecht fueron incluidos en la investigación contra la lideresa fujimorista, por presuntamente obstruir a la justicia.
La medida fue adoptada por el fiscal José Domingo Pérez y entre los imputados se encuentra Giuliana Loza Ávalos, abogada de Keiko Fujimori.
Además, se encuentran los abogados Arsenio Oré Guardíia, Edward García Navarro, Luis Ernesto Lazo Mendoza, Lorena Mariana Gamero Calero y Danae Alessandra Calderón Castro.
La disposición fiscal se basa en que los letrados incluidos en la investigación habrían presuntamente cometido el delito contra la administración de justicia en modalidad de obstrucción. Delito, precisado en el informe, que es sancionado en el artículo 409-A del Código Penal.
(FIN) SMA/CCR
JRA
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— Agencia Andina (@Agencia_Andina) 13 de diciembre de 2018
Publicado: 13/12/2018
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