Andina

Sunat aprobará nuevos montos de capitalización de deuda de empresas azucareras

17:53 |

Lima, jul. 05 (ANDINA).- La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) elaborará los nuevos montos de capitalización de la deuda tributaria para las empresas azucareras en base a la última solicitud de acogimiento que hayan presentado, señaló hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) .

    Lima, jul. 05 (ANDINA).- La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) elaborará los nuevos montos de capitalización de la deuda tributaria para las empresas azucareras en base a la última solicitud de acogimiento que hayan presentado, señaló hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) .

   Las empresas realizaron nuevas solicitudes en virtud de las modificaciones a la Ley de Actividad de la Industria Azucarera y sustituirán en todos sus efectos a las presentadas anteriormente pero que no han completado su trámite preliminar de acreditarlas ante la entidad recaudadora, según indica un decreto supremo publicado hoy.

   Esto precisará el proceso de capitalización de deuda tributaria aprobada en la Ley de Actividad de la Industria Azucarera (Ley 28027) para las empresas donde el Estado tiene participación accionaria y que no han transferido más del 50 por ciento de las acciones representativas de su capital social.

    Al respecto, el presidente de la Asociación Peruana de Productores de Azúcar y Biocombustibles (APPAB), Carlos Andrade, dijo que esta norma permitirá ayudar a dos empresas que en estos momentos no pueden realizar sus trámites de capitalización: Tumán y Pomalca.

   Manifestó que ambas empresas no lograron conciliar con la Sunat su trámite para la acreditación de su capitalización debido a que tienen algunas observaciones y, en el caso de Pomalca, "no hay una administración fina que se encargue de ese trámite".

   "Existen tres leyes sobre capitalización de deuda de las azucareras, como la Ley 28027, su modificatoria en la Ley 28288 y ahora este decreto supremo del MEF que deja sin efecto a la primera norma y a las solicitudes que se hicieron en base a ella", dijo a la agencia Andina.

   Finalmente. señaló que el decreto supremo no tiene efecto en las empresas que ya cuentan con inversionistas privados como Laredo, Cartavio, San Jacinto o Paramonga, y que ya iniciaron la regulación de sus deudas.

    (FIN) EBS/JPC


Publicado: 5/7/2005