DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
¿Es momento de comprar casa o departamento? Esto dicen los expertos
-
Fiscalía logra detención internacional de Miguel Rodríguez, alias "Cuchillo" [video]
-
Alianza Lima cae 2-0 ante Talleres y se despide de la Copa Libertadores
-
Eduardo Arana: “Este es un Gabinete de concertación”
-
Trujillo: a presunta pareja sentimental de alias Cuchillo le hallan S/100,000
-
Primer festival financiero de Gamarra ofrece créditos competitivos a las mype
-
Fiscalía de la Nación presenta denuncias contra jefa del Estado
-
Nuevo aeropuerto Jorge Chávez: ingresan primeros viajeros al terminal en marcha blanca
-
Por oleajes ligeros a fuertes 81 puertos de todo el litoral están cerrados
-
Imponen 9 meses de prisión preventiva contra presunto asesino de Paul Flores, el “Ruso”