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PJ declara improcedente pedido de Vizcarra en contra de su inhabilitación

Su abogado señala que apelará decisión y denunciará a jueza

Martín Vizcarra no podría asumir su cargo de congresista por resolución del PJ. Foto: ANDINA/difusión.

Martín Vizcarra no podría asumir su cargo de congresista por resolución del PJ. Foto: ANDINA/difusión.

09:13 | Lima, may. 12.

El Poder Judicial declaró improcedente la acción de amparo interpuesta por el expresidente y congresista electo Martín Vizcarra para que no se aplique la inhabilitación de ejercer cargos públicos que aprobó el Congreso en contra suya.

Fernando Ugaz, abogado del exmandatario, informó que apelarán la decisión adoptada por la jueza Rocío del Pilar Rabines, porque dicha resolución judicial podría impedir que Vizcarra sea proclamado miembro del Poder Legislativo.

El recurso de amparo fue planteado cuando el pedido acusatorio aún estaba en marcha. En su resolución, la magistrada señaló que lo que corresponde es analizar el pedido del expresidente a la luz de la decisión final del Parlamento.

En ese sentido, considera que sus argumentos “deberán ser analizados en su conjunto cuando se emita la decisión final por el órgano parlamentario, a fin de no entorpecer la investigación en el marco de la acusación constitucional”.

Asimismo, juzga que Vizcarra “ha contado con las garantías mínimas de un debido proceso sancionatorio, ha ejercido su derecho de defensa, inclusive ha reconocido los hechos imputados”.

Ante esto, el abogado Ugaz anunció desde su cuenta de Twitter que: “Denunciaremos a la jueza y apelaremos”. Lo mismo hizo horas después el mismo expresidente.

"Sin mayor sustento declaran improcedente mi acción de amparo, después de haberla mantenido ¡dos meses! en mesa de partes", indicó Vizcarra. 

El exmandatario fue inhabilitado en el ejercicio de toda función pública por el Congreso el pasado 16 de abril, tras considerársele responsable de irregularidades al inocularse la vacuna contra el covid-19 siendo mandatario y sin dar cuenta de ello.


(FIN) FGM/CVC
GRM

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Publicado: 12/5/2021