Andina

Chamorro plantea convalidar tres días de arresto domiciliario por uno de prisión

09:47 |

Lima, jul. 05 (ANDINA).- El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Alcides Chamorro, se pronunció en contra de derogar la ley que contabiliza el arresto domiciliario como parte de la sentencia aplicada a un procesado, y propuso su modificación.

   Lima, jul. 05 (ANDINA).- El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Alcides Chamorro, se pronunció en contra de derogar la ley que contabiliza el arresto domiciliario como parte de la sentencia aplicada a un procesado, y propuso su modificación.

   A título personal, Chamorro expresó su opinión a favor de reformar la ley con la finalidad de convalidar tres días de arresto domiciliario por uno de prisión efectiva para la generalidad de los delitos.

   Asimismo, planteó que la convalidación de un día de arresto domiciliario por uno de prisión efectiva –como lo establece la ley- se mantenga sólo para los casos de reos enfermos, ancianos y las embarazadas, entre otros.

   El legislador confirmó que la Comisión de Justicia se reunirá este jueves a las 11:00 de la mañana para discutir la modificación de esta polémica ley promulgada el último sábado por el Congreso de la República.

   La citada ley ha sido duramente cuestionada por diversos sectores políticos y sociales por supuestamente beneficiar a los procesados por corrupción del régimen fujimorista que se encuentran bajo arresto domiciliario o que han permanecido bajo ese régimen antes de pasar a un penal para cumplir prisión efectiva.

   Chamorro señaló que entre los miembros de la Comisión de Justicia existe una tendencia que propone modificar la ley de tal forma que el criterio de proporcionalidad no sea 1 por 1, sino 3 por 1, o cinco por uno.

   Añadió que otros congresistas miembros de la comisión discrepan y creen que lo mejor es derogar dicha norma.

   Sostuvo que la decisión de plantear una demanda ante el Tribunal Constitucional genera dudas, pues la sentencia de este órgano, en el caso de declarar fundada la demanda, no sería retroactiva.

   “Además no encuentro con precisión cuál es el artículo constitucional que se vulnera con esta ley”, apuntó.

   Asimismo, Chamorro dijo que la aprobación de esta ley por el pleno del Congreso fue extraña, pues no se debatió como se hace con toda norma que se aprueba en el Legislativo.

   (FIN) CCR/GCO


Publicado: 5/7/2005