DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Elecciones 2026: conoce las fechas claves del cronograma electoral
-
Pronabec: hoy 1 de junio se cierra postulación para crédito de estudios
-
Primer puesto de Beca 18 venció la adversidad y hoy sueña con salvar vidas
-
Reclutadores apuestan por lo digital: casi 9 de cada 10 contratan vía plataformas online
-
Alista tus maletas y viaja en junio a estos destinos regionales ideales para visitar
-
¿Te contactó WhatsApp? ¡Cuidado! Es una estafa que busca robar tu cuenta y contactos
-
¿Vas al nuevo aeropuerto? Estos son los horarios y rutas del servicio AeroDirecto
-
Lambayeque: ingreso libre hoy a las salas de exhibición del Museo Tumbas Reales de Sipán
-
Guardianes del aire: halcón y gavilanes protegen el cielo del nuevo terminal Jorge Chávez
-
¿Por qué los huancaínos son los más felices y qué factores resaltan su identidad?