DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Conoce el cronograma 2025 de pagos de sueldos y pensiones en el Estado
-
Guerra de bancos 2025: conoce las mejores tasas para tus depósitos a plazos
-
El aeropuerto Jorge Chávez cerrará oficialmente sus puertas hoy sábado 31 de mayo
-
Bus Inmobiliario te lleva a conocer proyectos de Techo Propio y Crédito Mivivienda en Lima
-
Pronabec: el 1 de junio se cierra postulación para crédito de estudios
-
Primer puesto de Beca 18 venció la adversidad y hoy sueña con salvar vidas
-
Alista tus maletas y viaja en junio a estos destinos regionales ideales para visitar
-
Aeropuerto Jorge Chávez: siguiente paso es concretar crecimiento de aeropuertos regionales
-
Nuevo Jorge Chávez: primer vuelo del domingo 1 de junio será hacia Atlanta
-
Perú y Tailandia retoman negociación para profundizar acuerdo comercial