Andina

Personas naturales verificarán su información de impuestos vía Internet

Sunat publicó disposiciones y formularios para Declaración de IR e ITF 2018

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Foto: ANDINA/archivo

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Foto: ANDINA/archivo

12:15 | Lima, ene. 23.

Las personas naturales obligadas a presentar la Declaración Anual deberán utilizar el Formulario Virtual 707 Renta Anual 2018, disponible a partir del 18 de febrero, y que tendrá información cargada sobre las rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos, informó hoy la Sunat.

Esta información deberá ser verificada y de ser el caso, completada o modificada antes de realizar su presentación. La información personalizada estará actualizada al 31 de enero de 2019.

Cabe destacar que mediante Resolución de Superintendencia 015-2019/Sunat (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria), publicada hoy en el Diario El Peruano, se aprobó las disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) del 2018.

Las personas naturales que están obligadas a declarar son aquellas que:

Tengan un saldo a favor del fisco (impuesto por pagar).

Cuenten con saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto o hayan aplicado dichos saldos 
contra los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría durante el 2018.

Les corresponda un saldo a favor si reciben rentas de cuarta categoría o de cuarta y quinta categorías.

Los que reciban ingresos como independientes (recibo por honorarios profesionales) y los trabajadores en planilla que demuestren el pago por alquiler de su vivienda o paguen intereses de créditos hipotecarios a sus cónyuges o concubinos o copropietarios. La Sunat señaló que con el fin de facilitar la declaración, el contribuyente debe indicar en la misma declaración a quién se le considerará el cargo del gasto. La atribución de gastos debe ser comunicada en la misma Declaración Anual.

Las personas naturales que sólo tengan ingresos por planilla (quinta categoría) y que comprueben tener un saldo a su favor por la deducción de gastos de alquiler de vivienda y/o de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda distintos a los créditos Mivivienda y Techo Propio.


Empresas


Por su parte, aquellos contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT) que durante el 2018 hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría deberán utilizar el formulario virtual 708.

Los contribuyentes cuyos ingresos netos superen las 1,700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), gocen de algún beneficio tributario, estabilidad jurídica y/o tributaria, estén obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País, o pertenezcan al sistema financiero, deben presentar el PDT 708, disponible a partir del 24 de enero.


Cronograma


Finalmente, los vencimientos para la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta 2018 se inician el 25 de marzo hasta el 8 de abril de acuerdo con el último dígito del RUC, según el siguiente cronograma:




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(FIN) MMG/CNA

Publicado: 23/1/2019