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Gobierno simplifica pasos para atender casos de violencia contra la mujer

Todos los casos reportados serán considerados como urgentes

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

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10:37 | Lima, abr. 27.

Durante la emergencia sanitaria por el coronavirus, todos los casos de violencia contra la mujer deben ser reportados como urgentes y ser atendidos con inmediatez, priorizándose los principios de debida diligencia, sencillez, oralidad y mínimo formalismo.

Así lo establece el Decreto Legislativo N° 1470 publicado hoy por el gobierno en el diario El Peruano. La norma fija medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar durante el período de pandemia.

"En aislamiento social, muchas mujeres conviven con sus agresores. Esto dificulta la denuncia o que puedan huir del maltrato. Además, algunos servicios dirigidos a su atención se han visto reducidos, como es el caso de los servicios de justicia", indica el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

El decreto simplifica el procedimiento para que las mujeres en riesgo de ser agredidas o asesinadas cuenten con medidas de protección de forma oportuna, prescindiendo de la realización de audiencias para el otorgamiento de medidas de protección, así como autorizando el uso de recursos tecnológicos que permitan la comunicación entre la víctima y el juez/a. Asimismo, se prioriza como medida de protección el retiro del agresor del hogar.

¿Cómo se hará?


Para hacer estas medidas de protección efectivas, se establece que la Policía Nacional del Perú georreferencia la dirección de la víctima, a fin de brindarle protección y seguridad. Por ejemplo, los efectivos policiales podrán recurrir al Serenazgo de cada distrito, a las organizaciones vecinales, los juzgados de paz o autoridades comunales, formando una red de protección para la víctima. Esta medida es necesaria en un contexto donde las mujeres conviven con el agresor y no tienen otro lugar donde acudir.

El Decreto Legislativo garantiza la atención de urgencia y emergencia de toda mujer e integrante del grupo familiar víctima de violencia, en especial, de aquellas víctimas de violación sexual.


Niños en desprotección familiar


Por otro lado, el Decreto Legislativo fortalece los mecanismos de actuación para que las Unidades de Protección Especial aseguren la debida atención a las niñas, niños y adolescentes en desprotección familiar. 

Se conforman así equipos de contingencia de las niñas, niños y adolescentes que son conducidos a este servicio, y se dispone que el Ministerio de Salud garantiza de manera inmediata la realización de pruebas para descartar Covid-19 de los menores, así como del personal que les atiende.

Cabe mencionar que este Decreto Legislativo recibió el respaldo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN), instancia política que dirige el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, el que realizó una sesión extraordinaria, de manera virtual, con el objetivo de adoptar las medidas necesarias.

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(FIN) RRC
JRA

Publicado: 27/4/2020