Andina

Fijan en 155 toneladas cuota máxima de pesca del bacalao de profundidad para 2018

Cantidad se podrá modificar en función de mayor disposición del recurso

ANDINA/Vidal Tarqui

09:15 | Lima, dic. 31.

El Ministerio de la Producción (Produce), estableció en 155 toneladas la cuota máxima de pesca del bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides) para 2018, a través de la Resolución Ministerial Nº 642-2017-Produce, publicado hoy en el diario oficial El Peruano.

La norma señala que dicha cuota podrá modificarse en función a los factores biológicos y/o ambientales que estime, si el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) evidencia una mayor disponibilidad de dicho recurso.

Para ello, el Imarpe deberá remitir al Ministerio de la Producción la recomendación con las medidas correspondientes. 

Una vez alcanzado el límite de captura del citado recurso, Produce mediante resolución ministerial, dará por concluidas las actividades extractivas; caso contrario, las actividades extractivas concluirán el 31 de diciembre de 2018.

La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Viceministerio de Pesca y Acuicultura de Produce realiza el seguimiento de la cuota de captura establecida e informa a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura.




Monitoreo del bacalao


El Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos del recurso bacalao de profundidad, debiendo informar y recomendar al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero pertinentes.

Para tal fin, los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente para extraer de bacalao de profundidad deben permitir el acomodo a bordo a un observador del Imarpe para las actividades de investigación y recopilación de datos. 

Asimismo, previa coordinación con el Imarpe, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Ministerio de la Producción podrá asignar a un inspector a bordo para la vigilancia y control.

El personal científico o supervisor designado deberá estar debidamente acreditado.

La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, Pedro Olaechea Álvarez.

(FIN) MDV / MDV 

Publicado: 31/12/2017