Hoy vence el plazo para que las empresas efectúen el deposite de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores, porque de lo contrario podrían ser multadas, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Las multas por no depositar la
CTS (infracción grave) y por no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve) pueden superar los 70,000 y 42,000 soles, respectivamente.
Según el Decreto Supremo 012-2013-TR las sanciones se ubican en tres escalas de
multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa. Las multas varían según se trate de infracciones leves o infracciones graves.
Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT del 2017 (4,050 soles).
Cabe indicar que está vigente la Ley 30222, publicada en el 2014, que ha dispuesto que la Sunafil realice campañas de fiscalización laboral en forma preventiva y orientadora respecto del cumplimiento de las normas laborales.
En el cuadro siguiente se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS.
RÉGIMEN LABORAL | INFRACCIÓN | MULTA MÍNIMA | MULTA MÁXIMA |
Microempresa | No depositar CTS No entregar liquidación | S/355 S/142 | S/1.418 S/709 |
Pequeña Empresa | No depositar CTS No entregar liquidación | S/1.418 S/284 | S/14.175 S/7.088 |
Mediana y Gran Empresa | No depositar CTS No entregar liquidación | S/4.253 S/709 | S/70.875 S/42.525 |
(FIN) CNA/JJN
JRA
Publicado: 15/11/2017