A través de sus redes sociales, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que es un delito dar a conocer el sentido del voto durante el día en el que se celebran las elecciones.
Precisó que ello está indicado tanto en el Código Penal como en la Ley Orgánica de Elecciones.
Es en el artículo 358 del Código Penal en el que se señala que constituye delito dar a publicidad el sentido del voto el día del sufragio. Se indica también que quien infrinja esta prohibición será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de un año, o con prestación de servicio comunitario.
De igual modo, el JNE recordó que el artículo 7 de la Ley 26859 precisa que “el voto es personal, libre, igual y secreto”.
En esa misma norma, el artículo 382 establece que recibirán pena privativa de la libertad no menor de un mes ni mayor de un año quienes traten de conocer el voto de un elector “o de obligarlo a votar por determinado candidato”.
Sobre el debate técnico
Por otro lado, respecto a la mención de los grados académicos de los participantes en el debate electoral técnico del pasado domingo, el JNE indicó que fueron los mismos partidos participantes los que establecieron cómo debía presentarse a sus representantes.
“Cada partido político participante del debate determinó, en un documento Excel (Fuerza Popular) y un oficio (Perú Libre) por vía correo electrónico, la forma en que debían aparecer en pantalla los nombres, cargos o títulos académicos de cada uno de sus representantes”, precisó.
El JNE respondió así a los cuestionamientos ventilados en redes sociales y en prensa respecto a por qué los miembros de uno de los equipos técnicos aparecían con su respectivo grado académico, mientras que los del otro no.
(FIN) FGM/VVS
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Published: 5/28/2021