Los colegios privados estarán obligados a cobrar solo por servicios prestados efectivamente a los escolares y, en caso las clases inicien o culminen en el transcurso del mes, solo se cobrará la parte proporcional del servicio brindado.
Esto significa que, en marzo y diciembre, cuando habitualmente las clases no se dictan los 30 días, no se cobrará la pensión completa, sino la parte proporcional.
El proyecto también dispone que el aumento de las pensiones se informe en junio del año anterior.
El congresista Juan Carlos Gonzáles Ardiles explicó que esta iniciativa plantea, asimismo, que los
centros educativos brinden información de cada uno de los aumentos de pensiones, matrículas y cuotas de ingreso en los últimos diez años.
La propuesta fue sancionada durante la sesión presidida por el congresista Miguel Ángel Elías Ávalos y sustentada por Gonzales Ardiles, quien subrayó que la iniciativa está acorde con la nominación del 2019 como “Año de la lucha
contra la corrupción y la impunidad”.
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(FIN) LIT
Published: 4/10/2019