08:39 | Pataz, La Libertad, jun. 8.
Un juzgado de la Corte Superior de La Libertad condenó a 30 años de pena privativa de la libertad efectiva a Emerson Ronald Sánchez Reyes a quien halló responsable del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual contra una menor de edad de iniciales K.A.V.
El sentenciado Emerson Ronald Sánchez Reyes deberá también pagar una reparación civil de 8,000 soles a favor de la agraviada y someterse a un tratamiento terapéutico.
El juzgado acogió la demanda del Ministerio Público que sustentó la fiscal Milagros Yanet Burgos Gordillo de la Fiscalia Provincial Mixta Corporativa de Pataz quien mostró las pruebas que incriminaban al acusado.
Los hechos se remontan al 15 de julio del 2011 a las 21:00 horas cuando la menor de 12 años se encontraba en una fiesta de aniversario del colegio José Santos Chocano en el anexo de Bellavista, distrito de Chilia, provincia de Pataz, departamento de La Libertad acompañada de una amiga hasta las 3:00 horas del siguiente día.
En un momento de la fiesta sacan a bailar a su amiga y la agraviada se despide de ella y se retira de la celebración hacia su domicilio, pero en el trayecto es interceptada por el sentenciado Emerson Ronald Sánchez Reyes quien le pidió conversar en un lugar alejado y ante la negativa de la menor el sujeto aprovechando su condición física ejerce violencia y la lleva a un chacra donde la despoja de su ropa y comete la violación sexual.
Luego de este condenable acto la menor con signos de hemorragia llega a su casa donde cuenta lo sucedido y es auxiliada por sus familiares quienes la trasladan a la posta médica de Chilia para luego registrar la denuncia en la comisaría de Tayabamba.
El reconocimiento médico legal practicado a la menor arrojó defloración himeneal reciente, así como manchas de sangre tipo coágulos, laceraciones e hipovolemia por pérdida lo que demuestra el daño causado producto de la violación.
Luego de realizadas las investigaciones la teoría del caso planteada por la Fiscalía al inicio del juicio ha quedado debidamente acreditada en la audiencia de juicio oral corroborando que la menor agraviada fue víctima de violación sexual por parte del acusado.
(FIN) NDP/MAO
Published: 6/8/2017