DARAN LICENCIA MUNICIPAL SOLO CON OPINION FAVORABLE DE BOMBEROS
Lima, feb. 04 (ANDINA).- El Congreso de la República determinó que las municipalidades deberán contar con la opinión favorable del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para otorgar licencia municipal en materia de seguridad contra incendios.
Según la ley 27926 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, las municipalidades deberán tener la aprobación del Cuerpo de Bomberos para presentar la solicitud de Autorización de Funcionamiento de todo tipo de establecimientos.
La norma establece además que contarán con su aprobación -la que debe ser comunicada dentro de los 15 días hábiles- la licencia para ampliación o modificación del local.
La ley aclara que en los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, la entidad que asume la responsabilidad es el Comité de Defensa Civil.
(FIN) CPC
Publicado: 4/2/2003
Las más leídas
-
Día del campesino: consejos prácticos para tener un biohuerto en casa [video]
-
Inti Raymi: ¿En qué consiste?, ¿Cuál es su historia y en qué lugares de Cusco ocurre?
-
Huaca Ventarrón atesora historia milenaria que podría revolucionar narrativa prehispánica
-
¿Es feriado no laborable el martes 24 de junio? Sepa en qué regiones será día de descanso
-
JNJ pide a Delia Espinoza reponer en el día a Patricia Benavides como fiscal de la Nación
-
Urgente: Irán confirma ataque contra la mayor base militar de EEUU en Catar
-
Trump dice que Irán les notificó de antemano el ataque y califica su respuesta de "débil"
-
Inter Miami vs. Palmeiras: Hora y canal para ver en acción a Lionel Messi
-
Científicas destacan en ranking de “Las 50 mujeres más poderosas de Perú en 2025"
-
Perú: Exportaciones mineras aumentaron 23% entre enero y abril 2025