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Estos son los requisitos para postular a jefaturas de ONPE y Reniec

Según proyecto de reglamento de la JNJ que recibirá sugerencias hasta el viernes

ANDINA/Melina Mejía

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12:30 | Lima, mar. 4.

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) elaboró un proyecto de reglamento para el concurso de selección y nombramiento de los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

La ciudadanía puede enviar sus opiniones y sugerencias sobre el documento hasta el viernes 6 de marzo al correo electrónico reglamento.onpeyreniec@jnj.gob.pe.

Por lo pronto, el proyecto contempla los siguientes requisitos para acceder a las jefaturas de dichas instituciones.

1. Título profesional otorgado por una universidad reconocida por la Sunedu. El título obtenido en el extranjero debe estar reconocido, revalidado o convalidado ante la Sunedu.

2. Constancia expedida por el colegio profesional que acredite su fecha de incorporación y que se encuentra hábil para el ejercicio de la profesión, salvo que dicha información se pueda verificar a través de la página web del colegio respectivo.

3. Certificado expedido por un centro de salud o por un/una profesional independiente debidamente identificado(a) y reconocido(a) por el Colegio Médico del Perú, de no adolecer de discapacidad física, sensorial ni mental que lo imposibilite para ejercer sus funciones en el cargo al cual postula.

4. El postulante a la plaza de jefe de ONPE deberá presentar constancias y/o certificados que acrediten su experiencia en administración e informática.



5. Declaraciones juradas

De no haber sido condenado(a) ni haber sido declarada su culpabilidad con reserva de fallo condenatorio por delito doloso. La rehabilitación luego de cumplida una sentencia condenatoria por delito doloso o vencido el plazo de la reserva del fallo condenatorio, no lo habilita para postular.

No haber sido destituido(a) en la administración pública ni haber sido objeto de despido de la actividad privada por falta grave, y de no encontrarse declarado judicialmente en estado de quiebra culposa, fraudulenta o en estado de insolvencia.

No ser deudor(a) alimentario moroso, de no pertenecer o haber pertenecido a una organización política en los
últimos cuatro años, y de no encontrarse en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles, previsto en la Ley 30353.

No tener impedimento para postular ni incompatibilidad por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad por matrimonio o unión de hecho, al momento de su inscripción, con
personal de la ONPE y del Reniec, según corresponda.

No estar incurso en ninguno de los impedimentos e incompatibilidades establecidos en la Constitución y leyes vigentes, y de no haber sido candidato(a) a cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a su postulación.

No desempeñar cargos directivos con carácter nacional en organizaciones políticas ni haberlo ejercido en los cuatro años anteriores a su postulación ni ser miembro en servicio activo de la Fuerza Armada y Policía Nacional.

No encontrarse sancionado(a) con suspensión por falta grave, separado(a) definitivamente o expulsado(a) de un Colegio Profesional. 

No registrar antecedentes penales, judiciales y policiales. En caso de ser seleccionado como jefe(a) de ONPE o Reniec, deberá presentar los certificados respectivos antes de la expedición de su nombramiento.


6. Plan de trabajo y propuestas debidamente suscritos y declarados como de su autoría.

7. Autorización del levantamiento de su secreto bancario, en caso de ser nombrado(a) como jefe(a) de la ONPE o de Reniec, previo a la juramentación en el cargo.

8. Si el/la postulante tiene parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con miembros, funcionarios(as) o trabajadores(as) de la Junta Nacional de Justicia, debe precisar sus nombres y demás información que se requiera.

9. Si el/la postulante se encuentra procesado(a) en el ámbito penal, administrativo, disciplinario o ha sido suspendido(a) preventivamente del cargo o demandado(a) en un proceso civil, debe presentar copia de los principales actuados de cada expediente.

Asimismo, debe señalar el número de expediente, el juzgado, sala u órgano administrativo correspondiente, la materia de la controversia, las partes involucradas y el estado actual del proceso.

10. Copia de la declaración jurada de intereses, si se encuentra comprendido dentro de los alcances de los Decretos Supremos 080-2018-PCM y 138-2019-PCM.

El certificado de salud física y mental, y la constancia expedida por el colegio profesional, deben encontrarse vigentes a la fecha de publicación de la convocatoria a concurso. Si el documento no indica expresamente el periodo de vigencia, se admiten aquellos cuya emisión no tenga una antigüedad mayor de 90 días a la fecha de la publicación de la convocatoria.

(FIN) VVS/CVC

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Publicado: 4/3/2020