Taxis por aplicativos: Indecopi aclara que no tiene facultades para prohibirlos
Sin embargo, pone a disposición del público guía interactiva para comparar servicios de este tipo

ANDINA/Difusión
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) aclaró esta noche que “no tiene competencia para prohibir la intermediación del servicio de transporte o taxi” mediante aplicativos virtuales.
Publicado: 12/11/2019
La institución respondió así a la comunicación de la Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima que, horas antes, solicitaba públicamente al Indecopi “adoptar las acciones administrativas preventivas y/o sancionadoras pertinentes, para prohibir la intermediación del servicio de taxi mediante aplicativos virtuales con proveedores informales”.
MTC y ATU
Mediante una nota de prensa, el Indecopi precisó que la regulación, autorización, gestión y evaluación de los servicios de transporte terrestre es función del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), sector competente para verificar la validez o legalidad de la prestación de los servicios de transporte terrestre en general.
En el caso de Lima y Callao, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) tiene entre sus funciones la de aprobar las normas que regulen las condiciones de acceso y operación que deben cumplir los operadores, conductores y vehículos.
“En esa línea, el Indecopi aclara que no tiene competencia para prohibir la intermediación del servicio de transporte o taxi mediante aplicativos virtuales con proveedores presuntamente informales”, añadió la institución.
“No obstante, desde la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, se han elaborado productos informativos respecto de las condiciones de diversos productos y servicios que se ofrecen en el mercado”.
Guía interactiva
Uno de esos productos informativos es ‘Checa tu Taxi’, guía digital interactiva que compara la información de diferentes aplicativos de intermediación de servicio de transporte, ofreciendo un consolidado para que los consumidores adopten decisiones informadas.
“La guía interactiva no valida o respalda servicios que prestarían proveedores presuntamente informales, y solo reúne la información en un solo lugar”, agregó el Indecopi.
En ese sentido, el llamado de la referida fiscalía provincial “debió dirigirse a las entidades con competencia para ello, tales como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) y las municipalidades a nivel nacional”, finalizó el documento.
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Brevetes de choferes de transporte de pasajeros se revalidarán cada 5 años siempre que no hayan cometido infracciones, señala el @MTC_GobPeru https://t.co/nZUvUGDBuj pic.twitter.com/UJUn0bVQYg
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) November 12, 2019
(FIN) NDP/CCH
Publicado: 12/11/2019
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