Los infractores a las diversas normas implementadas por el Poder Ejecutivo para frenar el avance del covid-19 no podrán beneficiarse de los programas estatales, sea de apoyo económico, alimentario o sanitario.
Así lo establece el
Decreto Supremo 008-2021-PCM, publicado hoy, el cual añade que quienes transgredan las disposiciones sanitarias y no hayan pagado la multa también estarán impedidos de realizar trámites ante cualquier entidad del Estado.
En ambos casos solo habrá excepciones cuando exista una causa justificada, ante lo cual la autoridad atenderá la solicitud mediante decisión motivada.
Solo podrán transitar, excepcionalmente, los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.
Esta restricción para los autos particulares se aplicará no solo en Lima Metropolitana y en Lima Región, sino en el Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac.
Más en Andina:
(FIN) KGR/RRC
GRM
Published: 1/27/2021