Luego que el Gobierno emitiera una norma que permitirá la deducción del Impuesto a la Renta (IR) de hasta 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) adicionales, a las 7 UIT que establece el actual régimen fiscal, es indispensable pedir y guardar las facturas y recibos electrónicos desde este año.
Según el Decreto Legislativo Nº 1258 las personas naturales podrán realizar una deducción de hasta 10 UIT, equivalentes a 40,500 soles, en el pago del Impuesto a la Renta del 2017, es decir, a las 7 UIT (28,350 soles) ya establecidas, se podrán adicionar 3 UIT (12,150 soles) sustentadas en algunos gastos, con lo cual se tendrá derecho a las devoluciones.
El tributarista José Verona explica que las personas naturales de cuarta (independientes) y quinta (dependientes) categoría tienen que empezar a solicitar y conservar los recibos por honorarios o facturas electrónicas a los que brinden los servicios autorizados para su justificación como gasto.
Sostuvo que solo con estos comprobantes de pago se podrá realizar y sustentar aquella deducción adicional de hasta 12,150 soles, conforme al nuevo valor de la UIT que asciende a 4,050 soles.
Para deducir las 3 UIT adicionales se toman en cuenta los gastos en alquileres e intereses de créditos hipotecarios para la primera vivienda, honorarios de médicos y odontólogos, servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría (13 profesiones) y aportaciones a Essalud que se realicen por los trabajadores del hogar.
Arrendamiento
Para el arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles situados en el país que no estén destinados exclusivamente al desarrollo de actividades que generen rentas de tercera categoría, solo será deducible como gasto el 30% de la renta convenida.
Créditos hipotecarios
Se permitirá la deducción de los intereses de un solo crédito hipotecario para primera vivienda por cada contribuyente. Cabe indicar que no se considera créditos hipotecarios para primera vivienda a los préstamos otorgados para la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia, así como a los contratos de capitalización inmobiliaria y arrendamiento financiero.
Honorarios de médicos
Se considera como honorarios profesionales de médicos y odontólogos por servicios prestados en el país, siempre que califiquen como rentas de cuarta categoría.
Serán deducibles los gastos efectuados por el contribuyente para la atención de su salud, la de sus hijos menores de 18 años, hijos mayores de 18 años con discapacidad de acuerdo a lo que señale el reglamento, cónyuge o concubina, en la parte no reembolsable por los seguros. Solo será deducible como gasto el 30% de los honorarios profesionales.
Aportaciones a Essalud
Las aportaciones al Seguro Social de Salud (Essalud) que se realicen por los trabajadores del hogar de conformidad con la legislación vigente.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) podrá establecer la inclusión de otros gastos y, en su caso, la exclusión de cualesquiera de los gastos señalados anteriormente, considerando como criterios la evasión y formalización de la economía.
Servicios profesionales
Se refiere a los servicios prestados en el país cuya contraprestación califique como rentas de cuarta categoría. Solo será deducible como gasto el 30% de la contraprestación de los servicios.
El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante decreto supremo, estableció las 13 profesiones y oficios que otorgan derecho a la deducción de gastos:
1. Abogado
2. Analistas de sistema y computación
3. Arquitecto
4. Enfermero
5. Entrenador deportivo
6. Fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv
7. Ingeniero
8. Intérprete y traductor
9. Nutricionista
10. Obstetriz
11. Psicólogo
12. Tecnólogos médicos
13. Veterinario
Verona explicó que el empleador solamente podrá deducir las 7 UIT para el IR, y que más bien los interesados, quienes perciban rentas de cuarta y de quinta categoría y deseen tener gasto formal para recuperar hasta 12,150 soles, son los que deberán proceder con la presentación de la respectiva declaración jurada.
Agregó que presentado este documento recién se podrá concluir si el contribuyente deberá pagar IR o, si, por el contrario, registrará un saldo a su favor, que se le deberá devolver.
El experto sostuvo que para afrontar los casos de devolución de dinero, la administración tributaria deberá emitir en abril de cada año cheques que serán entregados a los beneficiarios de tal devolución.
“La media de devoluciones será entre 400 y 800 soles. Una persona que gana 3,000 soles mensuales y si recibe un cheque de 800 soles es como un 30% de su sueldo, lo cual obviamente es un incentivo y se percibirá como una Sunat más amigable”, dijo Verona.
Señaló que luego de la declaración del Impuesto a la Renta en marzo del 2018, las devoluciones comenzarían entre abril y mayo del 2018, esperándose que desde mayo y junio de ese año se dispare el pedido de compras formales, es decir, la exigencia de facturas por los bienes y servicios adquridos.
Consejos adicionales
No será deducible el gasto sustentado en el comprobante de pago emitido por un contribuyente que a la fecha de su entrega pudiera tener la condición de no habido.
No se considera crédito hipotecario para primera vivienda al otorgado para la refacción, remodelación, ampliación, subdivisión de vivienda propia.
(FIN) CNA / CNA
Publicado: 2/2/2017