El Poder Ejecutivo publicó hoy en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo Nº 1282 que agiliza el financiamiento a través de la factura comercial y amplía el plazo de acogimiento al Fondo de Garantía Empresarial (Fogem).
Dicha normativa crea mecanismos adicionales para darle a la tercera copia la validez necesaria que le permita ser comercializada mediante factoring y no solo dependa del sello del adquiriente del bien o usuario del servicio.
De esa manera, se oficializó el anuncio realizado ayer por el ministro de la Producción, Bruno Giuffra, luego de la sesión del Consejo de Ministros. Estimó que con ese Decreto Legislativo se beneficiarán más de 75,000 micro y pequeñas empresas (mype) en todo el país.
Disposiciones
En ese sentido, se dispone que la constancia de presentación de la Factura Negociable será mediante cualquiera de las siguientes modalidades:
i) El sello por parte del adquirente del bien o usuario del servicio o un tercero autorizado por éste, que debe colocarse en la Factura Negociable indicando la fecha de su presentación;
ii) La carta notarial suscrita por el proveedor o un tercero autorizado por éste al domicilio real o fiscal del adquirente del bien o usuario del servicio adjuntando una copia de la Factura Negociable, carta que será considerada como una hoja adherida y deberá cumplir con lo establecido en la Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores
iii) La comunicación entregada al adquirente del bien o usuario del servicio por parte del proveedor, un tercero autorizado por éste o la ICLV de acuerdo a sus reglamentos internos, informándole respecto a la solicitud de registro de la Factura Negociable originada en un comprobante de pago impreso y/o importado ante una Institución de Compensación y Liquidación de Valores (ICLV).
“Existen todavía empresas que entorpecen el flujo del circuito óptimo de este proceso de financiamiento con el famoso sello de la tercera copia. Pero eso se acabará con este decreto legislativos”, aseveró en la víspera el ministro Giuffra.
Registro de infractores
Adicionalmente, el Decreto Legislativo 29623 crea el Registro Nacional de Infractores a las Normas Aplicables a las Facturas Negociables, cuya administración y actualización está a cargo de Produce.
“Las personas naturales y jurídicas que sean sancionadas por infracciones a la presente Ley y su Reglamento formarán parte del mencionado Registro”, aclara la norma.
Señala que en el Reglamento de la presente Ley se establecerá la información que será incluida en dicho Registro, la cual será publicada en el portal electrónico de Produce y será de acceso público.
“Se está creando un registro de infractores para que evidencien cuales son las empresas que entorpecen este circuito de financiamiento”, enfatizó el ministro.
De igual modo, el DL 1282 amplia el plazo para acogerse al Fogem hasta el 31 de diciembre del 2021.
El Fogem garantiza la adquisición de activo fijo, capital de trabajo y operaciones de comercio exterior (pre y post embarque). En este último caso las exportadoras obtienen créditos con una garantía que les cubre hasta un 50% del financiamiento.
Al respecto, el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, afirmó en la víspera que el referido DL modifica y hace más ágil el financiamiento a través de la factura comercial, vía el mecanismo del factoring, para facilitar el desarrollo de las Mymes, mejorando el acceso al crédito de estas compañías a un menor costo.
“La finalidad de este decreto es facilitar el desarrollo de actividades económicas y comerciales de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mypes), mejorando el acceso y las condiciones de financiamiento para estas empresas”, aseveró.
(FIN) RGP/RGP
Publicado: 29/12/2016