Andina

Tragamonedas deberán implementar sistema de control para pago de impuestos el 1 de octubre de 2011

16:40 | Lima, set. 03 (ANDINA).

El Ministerio de Comercio Exterior (Mincetur) informó hoy que las salas de juego de tragamonedas deberán implementar el Sistema Unificado de Control en Tiempo Real (SUCTR) para el pago de impuestos, a más tardar el 1 de octubre de 2011.

Este sistema permite la interconexión de las máquinas tragamonedas a un servidor en cada sala de juegos, con el objetivo de facilitar las labores de fiscalización, control y cálculo del monto a pagar por concepto de impuestos.

El Mincetur publicó hoy un decreto supremo que aprueba el reglamento "Normas Técnicas Complementarias para la Implementación del SUCTR", el cual regirá para empresas que explotan máquinas tragamonedas en hoteles tres, cuatro y cinco estrellas y restaurantes turísticos cinco tenedores.

La obligación también alcanza a todas las empresas que cuentan con autorización expresa para desarrollar la actividad de explotación de máquinas tragamonedas, incluyendo aquellas que han obtenido dicha autorización acogiéndose al procedimiento de reordenamiento y formalización.

El costo de implementación e interconexión será asumido por el titular de la sala de juegos. Mientras que el enlace tendrá una disponibilidad asegurada de servicio durante las 24 horas, los 365 días.

La Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas (DGJCMT) realizará las acciones de fiscalización, control y sanción que correspondan, a fin de verificar que se ha cumplido con la implementación del sistema.

Para que la DGJCMT autorice y registre un modelo de SUCTR, el fabricante deberá contar previamente con el certificado de cumplimiento emitido por una entidad certificada y calificada, la cual entregará el documento previa realización de pruebas y ensayos de idoneidad.

Las entidades calificadas están prohibidas de otorgar certificados de cumplimiento de modelos SUCTR que no cumplen con las exigencias técnicas. Asimismo, no pueden asignar, delegar o subcontratar a terceros para la realización total o parcial de las pruebas o los ensayos para la certificación.

La autorización para el desempeño como entidad calificada tendrá una vigencia de tres meses, que podrá prorrogarse a solicitud del administrado, para lo cual deberá presentar la solicitud 30 días hábiles antes del vencimiento de la autorización.


(FIN) RBM/EBS

GRM


Publicado: 3/9/2010