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Sunarp: comedores populares y club de madres podrán pedir créditos bancarios

Organizaciones Sociales de Base tendrán personería jurídica al inscribirse en Registros Públicos

Sunarp: comedores populares y club de madres podrán pedir créditos bancarios. Foto: ANDINA/Difusión.

Sunarp: comedores populares y club de madres podrán pedir créditos bancarios. Foto: ANDINA/Difusión.

16:05 | Lima, set. 8.

Las Organizaciones Sociales de Base (OSB), como los comedores populares, club de madres y los comités de vaso de leche, pueden solicitar créditos bancarios a partir de su inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), ya que obtienen reconocimiento de personería jurídica.

Su inscripción en los registros públicos le permite además a sus integrantes, suscribir convenios con otras instituciones, aperturar cuentas bancarias y recibir donaciones. 

Asimismo, podrán recibir capacitación, asistencia y otro tipo de apoyo ya que se conocerá su existencia cuantitativa en la base registral vigente.

Son Organizaciones Sociales de Base los centros maternos infantiles, centros familiares, cocinas familiares, clubes de madres, entre otros, que adquieren derechos y responsabilidades ante determinadas entidades públicas y privadas al inscribirse en la Sunarp.


Cabe señalar que desde enero del 2005 al 31 de julio del presente año, se han registrado en el país 4,006 comedores populares y 5,520 comités de vasos de leche, contribuyendo al desarrollo de la localidad donde se encuentra, y por ende, mejorando las condiciones de vida de sus integrantes.



Además, la Sunarp ha brindado 330 talleres a las organizaciones sociales de base a nivel nacional, capacitando a 11,908 personas, desde el 2015 al 2017.  

Te ayudamos a formalizar tu OSB


Ante los beneficios que se obtienen con la inscripción, la Sunarp invoca a las OBS a formalizarse, por ello, les mostramos cuáles son los requisitos:

-Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita en las oficinas de la Sunarp) debidamente llenada y firmada por el representante.

-Copia autenticada por funcionario de la municipalidad de la resolución que autoriza su registro.

-Copia autenticada por fedatario o certificada por notario público del acta de la asamblea general de constitución OSB, de la aprobación del estatuto que incluya el texto completo del estatuto y la elección del primer  consejo directivo.

-Declaración jurada con firma certificada por notario público o autenticada por fedatario del (la) presidente (a) del consejo directivo, señalando que los documentos son de igual contenido que los presentados ante el registro del gobierno local correspondiente.

-Pago de derechos registrales.

(FIN) NDP/LIT

Publicado: 8/9/2017